- ¿De dónde surge este interés por la historia de la zona?
- En mis manos cayó una copia que había en la iglesia de Viniegra de Abajo sobre el Estatuto de la Mancomunidad de 1584. Lo cogí y pensé que sería como todas las mancomunidades que conocemos, nacidas para repartir los pastos, las pinedas... Pero cual fue mi sorpresa cuando descubrí que se crea una institución muy poderosa, con sede, archiveros, funcionarios, representantes, una junta... Además, la segunda sorpresa fue comprobar que la crean para enfrentarse al señor de Aguilar, para que este no realice los juicios de residencia a las villas, que es una especie de auditoría que el conde realizaba a las autoridades municipales una vez concluido su mandato. Contra esto se rebotan de una manera tremenda. El conde de Aguilar pelea contra esto intensamente porque antes le habían ganado ya, en un pleito muy famoso, otras cuestiones que habían tenido que ver con cuestiones económicas: impuestos sobre las truchas, los carneros, etc. Los tribunales eximen a las villas de estos pagos en un pleito que es muy precoz, en 1500, por delante incluso de todas las luchas antiseñoriales conocidas contra el señor de Cameros: Yanguas pleiteó cincuenta años más tarde y Albelda casi ochenta.
- Estas villas van por delante.
Van por delante y van abriendo camino: cuando el conde ajustició a un alcalde de Albelda, a un tal Clemente, este municipio pide al Archivo de la Redonda los papeles de cuando estas villas plantearon su oposición al señor para conocer cómo pleitearon. Fue un movimiento muy precoz e interesante.
- Estos acuerdos, lógicamente, no surgen de la noche a la mañana.
- Antes hay un sustrato comunal, una costumbre vieja de los valles por organizarse, fundamentalmente para el aprovechamiento de los espacios, con alguna villas que ejercieron las funciones de cabeza de alfoz: el fuero de San Millán habla de Ventrosa y de Canales de la Sierra. Estas villas luego van más allá, sobre todo porque está hay un negocio muy importante por disputar: era una zona rica con el negocio de la lana en plena expansión. Era un territorio muy importante desde el punto de vista económico y las villas, encabezadas por los grandes ganaderos, no iban a permitir fácilmente la injerencia del señor de los Cameros. Ya antes incluso del que podríamos llamar como estatuto fundacional hay acuerdos para evitar que por ejemplo el conde de Aguilar meta en la zona cerca de 25.000 cabezas de ganado. Esto ocurrió en 1555. Esta es la primera lucha y que ya llevaron a los tribunales. Siempre recurrían a los tribunales, incluso a la sala suprema de la época, el tribunal de los Reyes Católicos, porque era gente de mucho dinero; eran los notables de las villas. Yo creo que el éxito del primer pleito, el de 1500, les animó a seguir en esa línea porque fue una lucha dura.
- ¿Y sus competencias?
- Una vez que se crea la mancomunidad, ésta amplia su actividad a muchas campos: la defensa de su jurisdicción la hacen no sólo contra el señor de los Cameros sino incluso contra el Adelantado Mayor de Castilla. Luego se incluyen aspectos referidos a la organización fiscal, llegando a actuar todo el territorio como un distrito fiscal único. Funciona como una entidad supralocal en cantidad de áreas, con una competencia amplísima. También en cuanto a la vigilancia de las cañamas (la cantidad de cabezas de ganado que podía tener cada vecino), etc. Otro aspecto curioso es el de las levas de los soldados, que aparece por primera vez hacia 1620, que fue una época complicada y convulsa.
- ¿A qué se refiere?
- Las villas designaban de manera conjunta a las personas que debían componer las levas, pero con el tiempo llegaron a desembolsar el dinero todos juntos para redimirlas de ejército. Este aspecto es también gracioso, porque para conseguir que no les saquen mucha gente, al principio tratan de camelarse al sargento de turno enviándoles perniles, empanadas de truchas, etc. Al final se convierte en un tema recurrente y preocupante porque si la gente se les iba a la guerra, no iban a tener quien les cuidara los rebaños. Llegaron a conseguir que la monarquía les eximiera de levas. Fue un privilegio que luego renovaron todos los Borbones y que hicieron valer durante el siglo XIX, cuando el Estado liberal estableció las quintas para crear un ejercito popular y estable.
- La fuerza 'jurídica' de estas villas, ¿de dónde surge?
- El argumento básico para recurrir, por ejemplo los impuestos del señor de los Cameros, es que era algo 'nuevo'. Rechazan lo nuevo y para ello se aferran a lo antiguo, a lo original, a privilegios anteriores. Hay aparece el recurso a los fueros antiguos, incluso del siglo X, de las villas, que fue una invención ingeniosísima cuando ven que por un lado el monasterio de Valvanera y por otro el de Arlanza, en Burgos, tratan de obtener derechos para pastar sobre el territorio. A partir de ese momento sí que hay concesiones al territorio que son ciertas y están documentadas como las de Alfonso X 'El Sabio' o la de Enrique III, que dice que estas tierras serán siempre del rey y esto lo utilizan siempre como argumento para rechazar el poder condal.