Un año más conmemoramos en esta jornada del 15 de marzo, el Día Mundial de los Derechos del Consumidor, en el que todos los ciudadanos participamos de una u otra manera. Ciudadanos con derechos, pero también con obligaciones. Bien es sabido, que las administraciones públicas deben velar y garantizar constitucionalmente los intereses y derechos de consumidores y usuarios. Así lo define el artículo 51 de la Constitución española. Piramidalmente, se viene haciendo desde la Administración central, con su Ministerio de Sanidad y Consumo, pasando por las distintas direcciones generales de Consumo, de carácter autonómico, y llegando a la Administración local, como verdadero eje vertebrador y piedra angular de este artículo de opinión. ¿Qué hace la Administración local (tu ayuntamiento) por la defensa del ciudadano consumidor?
La ley reguladora de las bases de régimen local de 1985, es bien clara al respecto, en esta materia: «Todos los ayuntamientos tienen competencia propia, en todo caso, en materia de defensa de consumidores y usuarios». Pero la realidad es bien distinta. Aunque solamente cuatro poblaciones de la comunidad autónoma de La Rioja, Logroño, Calahorra, Arnedo y Haro, tienen abiertas al público un servicio municipal público y gratuito de defensa de consumidores y usuarios, bajo las siglas OMIC -oficina municipal de información al consumidor- las «obligaciones» del resto de ayuntamientos de La Rioja y los «derechos» de los ciudadanos de sus municipios, muchas veces no se ejercen por desconocimiento de los mismos. Hoy es un buen momento para recordar a los ciudadanos de cada municipio de La Rioja, por pequeño que sea, que pueden y deben acudir a sus respectivos ayuntamientos, a plantear sus consultas, quejas, reclamaciones y denuncias en materia de consumo, por un lado como contraprestación a las «obligaciones fiscales» que el ciudadano tiene con su ayuntamiento y, por otro lado, están obligados a recepcionar sus peticiones en base a la ley de procedimiento administrativo común.
Hoy en día, todos los ayuntamientos, por pequeños que sean, per se, o mancomunadamente, están atendidos por funcionarios municipales de carrera, especialmente los secretarios/as municipales, en su mayoría licenciados en Derecho y/o Económicas. La función social que presta un ayuntamiento no debe limitarse exclusivamente a los servicios sociales, ya institucionalizados y establecidos con carácter universal a toda La Rioja, sino que debe ampliarse a esta prestación de servicios que es la de garantizar la defensa de consumidores y usuarios, dentro de las limitaciones y posibilidades de cada municipio. Hoy, Día Mundial de los Derechos del Consumidor, es un buen momento para reivindicar la mayor implicación de los ayuntamientos, en esta materia de defensa de consumidores y usuarios. Pero esa labor le corresponde a usted.