La conciliación, ya mismo
Los nuevos derechos laborales, de Seguridad Social y las medidas de conciliación previstas serán de inmediata aplicación. Entre ellas, el permiso de paternidad de 8 días, independiente del de la madre, que se suma a los dos días de la actual licencia; reconocimiento de prestaciones de permiso de paternidad y maternidad a la fecha de extinción de contrato; un nuevo subsidio de maternidad para quienes carezcan del período de cotización mínima para acceder a la prestación; o la consideración de cotizados de los dos primeros años de excedencia para cuidar a un hijo o de un año por familiar dependiente.
La discriminación por embarazo, parto o lactancia será multada y nulo cualquier despido por maternidad de una trabajadora.