Se trata de una actuación conforme a legalidad. Tal y como determina el artículo 9 de la Ordenanza Municipal de Aparcamientos Vigilados: las infracciones tipificadas en la 'disposición 7ª', al constituir un grave obstáculo para la circulación y la mejora del estacionamiento viario, pueden conllevar la recuperación de la libre disposición del espacio público indebidamente ocupado; procediendo a la retirada del vehículo infractor y trasladándolo al lugar señalado por el Ayuntamiento para su depósito. Del mismo modo, la ordenanza apunta que la retirada del vehículo se realizará con independencia de la sanción económica que se imponga de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Seguridad Vial. En todo caso, si desea ampliar la información al respecto de la situación que usted plantea en su carta al Buzón de la Alcaldía puede dirigirse a la Comisaría de la Policía Local (Negociado de Disciplina Viaria), situada en la calle Ruavieja 47, en horario de 9 a 14 horas, donde le atenderán y le facilitarán la información que usted requiera sobre el asunto.