Borrar

Condenada una pareja por el secuestro de su bebé tutelado en Alicante

Arrebataron el menor a una funcionaria para impedir que ingresara en un centro de protección

EFE

Alicante

Jueves, 1 de marzo 2018, 10:33

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Una pareja ha sido condenado a penas de prisión por un delito de sustracción de menores al arrebatar a una funcionaria en Alicante a su bebé, que estaba tutelado por la Generalitat, para impedir que ingresara en un centro de protección.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE y que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial, impone al hombre, M.T.Z., un año y medio de prisión y tres de inhabilitación para ejercer la patria potestad.

El juzgado de lo Penal 4 de Alicante ha condenado a la mujer, R.A.G., a un año de cárcel y dos años y tres meses de privación del citado derecho.

Los hechos ocurrieron el 22 de febrero de 2012, cuando una técnica de la Generalitat se personó junto a una dotación policial en el domicilio de los padres, en la calle Capitán Dema de la ciudad, para retirar al niño y llevarlo a un centro.

El bebé, de tres meses, había sido declarado en desamparo, en una resolución adoptada por el procedimiento de urgencia en enero de ese mismo año por la Dirección Territorial de la Conselleria de Bienestar Social (ahora llamada de Igualdad y Políticas Inclusivas).

Cuando la funcionaria ya tenía al niño en brazos, el padre le propinó un empujón delante de uno de los policías autonómicos que la acompañaban, le arrebató al menor y salió huyendo con él.

La pareja pretendía huir con el niño a Catral, una localidad del sur de la provincia de Alicante, y lo dejó al cuidado de una vecina de forma provisional. Sin embargo, esta mujer avisó a su vez a la abuela materna del bebé, quien lo entregó finalmente, dos días más tarde, a la Policía.

La magistrada ha aplicado a los padres la atenuante de dilaciones indebidas por el retraso en la tramitación del proceso y la celebración del correspondiente juicio.

Sin embargo, ha rechazado rebajar la condena a M.T.Z. por la atenuante de arrebato que invocó su abogada, ya que considera que no ha quedado probada. La pena impuesta a la madre es inferior a la de su compañero sentimental debido a que reconoció los hechos y su defensa expresó su conformidad durante el juicio con la calificación jurídica formulada por la fiscalía.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios