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N. VEGA
MADRID.
Miércoles, 25 de octubre 2017, 00:54
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En política casi siempre hay margen de maniobra. Y aunque a día de hoy el Gobierno ve prácticamente imposible que Carles Puigdemont renuncie a la hoja de ruta independentista y convoque elecciones autonómicas, si eso ocurriera la puesta en marcha del artículo 155 de la Constitución no ata de pies y manos al Ejecutivo.
En primer lugar, ante cualquier circunstancia excepcional y de la relevancia de la vuelta de la Generalitat al cumplimiento de la ley, los grupos parlamentarios, o el Consejo de Ministros, podrían acordar una moratoria para la aplicación del 155. Pero incluso si no se hiciera así, fuentes parlamentarias apuntan que el Senado sólo «autoriza» al Gobierno a intervenir la autonomía catalana dentro del marco establecido. En ningún caso «obliga» al Ejecutivo.
La única exigencia que en este momento recoge el acuerdo aprobado el sábado por el Consejo de Ministros es la apertura de las urnas en Cataluña. Entre las medidas diseñadas para intervenir la autonomía catalana se recoge la posibilidad de cesar al presidente de la Generalitat y sus consejeros y que la potestad de convocatoria electoral pase a estar en manos de Mariano Rajoy. Y es en ese punto en el que, señalan fuentes del PP, se establece una obligación inexcusable. «Esta competencia deberá ejercitarse en el plazo máximo de 6 meses desde la aprobación por el Senado de las presentes medidas», reza el texto, que puede revisarse.
Es cierto que para llamar a las urnas el Gobierno habrá tenido que cesar a Puigdemont o hacerse con esa competencia. Y también que todo se puede interpretar. Pero los más optimistas, y no son muchos, lo ponen como ejemplo de que siempre hay rendijas por las que filtrar el aire.
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