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Absuelven a cuatro menores acusados de agresión sexual en Jaén por falta de pruebas

La denuncia dice que dos hermanos fueron perseguidos cuando salían de la biblioteca y los acusados los habrían llevado hasta un callejón

efe

Martes, 24 de enero 2017, 17:16

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El Juzgado de Menores de Jaén ha absuelto, por falta de pruebas, a cuatro chicos que fueron acusados de agredir sexualmente a otros dos menores que contaban con nueve o diez años cuando ocurrieron los hechos.

Según informa el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular consideraban que los hechos ocurrieron mientras dos de los menores acusados sujetaban y agredían a las víctimas, los otros dos les agredían sexualmente.

En la sentencia, los hechos que, según la jueza no han quedado probados, se habrían producido el 14 de julio del 2015, cuando dos hermanos habrían sido perseguidos cuando salían de la biblioteca pública municipal y los acusados los habrían llevado hasta un callejón próximo donde supuestamente habrían ocurrido los hechos.

Asimismo, en sus fundamentos de derecho, se parte de la premisa de que es habitual que este tipo de delitos se cometan en la intimidad y, por lo tanto, sin la presencia de testigos y en ausencia también de vestigios físicos, lo que dificulta la actividad probatoria.

En este sentido, la jueza considera que el testimonio de las víctimas puede servir por sí solo para fundar una condena, pero es necesario que concurran ciertos requisitos, como la verosimilitud o credibilidad del testimonio, la persistencia en la incriminación, la ausencia de relaciones nocivas entre las partes que afecten a la narración de hechos y también la corroboración del testimonio mediante marcadores externos a la víctima.

En la resolución, la jueza no niega que se produjeran los hechos pero alberga dudas acerca de la participación de los menores por el modo y forma en que se ha concretado el relato de los hechos, la fecha en la que tuvieron lugar y la intervención de los cuatro menores imputados.

Considera asimismo que el testimonio de las víctimas, pese a tomar en consideración su edad, madurez y experiencia vital, no es suficiente para ofrecer, más allá de una mera sospecha o creencia de que el menor o los menores pudieron participar en los hechos.

La sentencia absolutoria que ha sido notificada a las partes puede ser recurrida en apelación.

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