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JOSÉ R. VILLALBA
Lunes, 5 de diciembre 2016, 12:39
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El titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Granada ha dejado en libertad con cargos al educador de un centro de acogida de menores de Granada, acusado de un presunto delito de abusos sexuales.
Policía Nacional inició su investigación tras la denuncia formulada por un grupo de menores inmigrantes acogidos en las instalaciones donde el arrestado ejerce su trabajo como educador. Los presuntos abusos se cometieron en las instalaciones y en la mayoría de casos se limitaron a tocamientos.
Los menores denunciantes aún no han pasado por sede judicial para ratificarse en las declaraciones que en su día efectuaron ante los agentes de la Policía Nacional. De momento, este educador no está ocupando su puesto de trabajo.
La investigación se inició a raíz de una información obtenida en otra investigación policial en la que se detuvo a un varón que se aprovechaba de favores sexuales de los menores de un centro de acogida de Granada. Las víctimas eran adolescentes que recibían determinadas cantidades de dinero o droga a cambio de cada servicio sexual que prestaban. Supuestamente, las relaciones sexuales tenían lugar siempre en el cortijo del único imputado, donde solía alojar a estos adolescentes. Incluso podría haberles proporcionaba cobijo una vez que cumplían los dieciocho años y no podían seguir ingresados en los centros de acogida repartidos por la capital y por la provincia granadina. El varón detenido en aquel entonces fue condenado a cuatro años de prisión por la supuesta comisión de un delito de corrupción de menores.
Los menores denunciantes residirían en centros de acogida para jóvenes menores de edad y en situación de desamparo. Se trataría de «niños-patera» provenientes de África que entraron en España de forma irregular. Cuando denunciaron aquellos hechos que sirvieron para condenar al varón que se aprovechaba de ellos, se ratificaron en sus declaraciones. Ahora queda por ver si harán o no lo mismo que en aquel entonces.
A diferencia del delito de agresión sexual, en el de abusos sexuales no interviene la violencia ni la intimidación. La persona que lo comete realiza actos que atentan contra la libertad sexual de la víctima sin que ésta preste su consentimiento. En todo caso, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejerzan sobre menores de 13 años, sobre personas con trastorno mental o privadas de sentido. También es constitutivo de delito si en el agresor obtiene el consentimiento de la víctima haciendo valer una situación clara de superioridad sobre la misma que coarte su libertad.
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