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El Constitucional liquidará hoy la declaración de ruptura de Cataluña

El Constitucional liquidará hoy la declaración de ruptura de Cataluña

ALFONSO TORICES

Miércoles, 2 de diciembre 2015, 00:42

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El Tribunal Constitucional dejó ayer ultimada la sentencia con la que hoy anulará de manera definitiva la resolución por la que el Parlament de Cataluña declaró, el pasado 9 de noviembre, con los únicos votos de Junts pel Sí y la CUP, el inicio del proceso de desconexión y ruptura con España y anticipó que ignoraría las leyes y sentencias estatales en su camino unilateral hacia la creación de un estado independiente.

El fallo, que está previsto que cuente con la unanimidad del tribunal, supone la liquidación definitiva de la resolución parlamentaria, que ya se encontraba suspendida cautelarmente por el Constitucional desde solo dos días después de su aprobación, después de que fuese impugnada por el Gobierno, por considerar que violaba más de media docena de los artículos centrales de la Carta Magna española.

La sentencia que declarará nula a todo los efectos la resolución secesionista y prohibirá cualquier tipo de acto que pretenda desarrollarla será el fallo más veloz con el que la corte haya resuelto nunca un recurso de inconstitucionalidad.

Se dictará 22 días después del pleno del Parlament que aprobó la moción y 20 días después de que fuese impugnada por el Gobierno. Estos procesos durán casi siempre años, pero es que incluso en el precedente más claro, la nulidad de la moción de la cámara autonómica que en enero de 2013 declaró a Cataluña como sujeto soberano, el tribunal tardó 14 meses en dictar la sentencia, pese a que había supendido cautelarmente también la resolución solo unos días después.

Extraordinaria gravedad

El Constitucional justificará la inédita prontitud en que ha dado total preferencia a la resolución del fondo de la impugnación por considerar tanto el desafío secesionista catalán como las violaciones a la Carta Magna y al Estado de Derecho contenidas en la moción como de una extraordinaria gravedad.

De hecho, el borrador básico de la resolución, elaborado por el ponente Andrés Ollero, ya estaba avanzado hace días, pero no pudo ultimarlo y pasarlo a la lectura de sus compañeros hasta el lunes pasado, porque las alegaciones del Parlament contra la suspensión no llegaron a la corte hasta el viernes. En la cabeza del presidente del tribuna y de la mayoría de los otros diez magistrados del pleno siempre estuvo dictaminar sobre el fondo del asunto en el mínimo tiempo posible y si eran capaces antes de las elecciones generales del 20 de diciembre.

Por ese motivo, visto en los contactos preliminares que había unanimidad en considerar inconstitucional la resolución del Parlament, el presidente decidió meter ayer la deliberación de la sentencia en el pleno ordinario que estaba programado y que no la tenía en el orden del día. Tras casi tres horas y media de debate sobre el borrador de Ollero, y de que algunos de los magistrados propusiesen modificaciones en la redacción de los fundamentos jurídicos, los miembros de la corte decidieron suspender el pleno y reanudarlo hoy, a las 11:00 horas, con la intención de aprobar la sentencia final con los cambios propuestos ya incorporados. De esta manera, no solo se anticipan al 20-D sino que dan a conocer el fallo sin interferir en la campaña electoral, que comienza el viernes.

La resolución indicará que la moción anulada viola la soberanía nacional -que reside en todo el pueblo español-, la indisoluble unidad de España, la sujeción de todos los poderes públicos a la Constitución y a la ley y la obligación de cumplir las sentencias, así como las competencias exclusivas del Estado, entre otros pilares básicos de la Carta Magna.

En la suspensión cautelar, el tribunal, a requerimiento del Gobierno, comunicó de manera personal a los 21 miembros del Ejecutivo de la Generalitat y de la Mesa del Parlament «su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión, apercibiendoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir». Es previsible que ahora el tribunal haga algo similar, para dejar claro a los principales destinatarios del fallo que su incumplimiento puede derivar en su suspensiónen los cargos públicos y la denuncia por un delito de desobediencia.

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