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El ministro de Justicia, Rafael Catalá, se dirige al edificio del Congreso para asistir ayer a la sesión de control al Gobierno.
Catalá apoya las escuchas policiales sin control judicial para casos «gravísimos»

Catalá apoya las escuchas policiales sin control judicial para casos «gravísimos»

El ministro de Justicia pide «tranquilidad» a los ciudadanos porque «nadie va a intervenir su teléfono» así como así

MATEO BALÍN

Jueves, 18 de diciembre 2014, 00:58

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Las escuchas policiales sin control judicial que recoge la reforma de Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), aprobada el 5 de diciembre por el Gobierno, se han convertido en el principal caballo de batalla del anteproyecto. La oposición se ha levantado en armas contra la «excepcionalidad» de la medida mientras las asociaciones judiciales ponen en duda su constitucionalidad y aventura su inconstitucionalidad.

A la espera de que se pronuncien los órganos consultivos sobre la legalidad de la reforma, el debate llegó ayer al Congreso. En la sesión de control al Gobierno, el ministro de Justicia, Rafael Catalá, defendió que las fuerzas de seguridad puedan intervenir comunicaciones sin autorización judicial durante 24 horas y pasado ese plazo comunicárselo al juez. Afirmó que se aplicará para la investigación de delitos de especial gravedad, como terrorismo o crimen organizado, y dijo que era una «herramienta eficaz» y «del siglo XXI» para luchar contra la delincuencia.

El ministro se pronunció así en respuesta a una pregunta de la diputada socialista Sofía Hernanz, quien señaló que el anteproyecto de la Lecrim convierte «la excepción en norma» y otorga «carta blanca» al Ejecutivo para realizar escuchas «de forma indiscriminada» a los ciudadanos. Con cierta sorna, Catalá le contestó que esta potestad a la Policía no vulnera las garantías constitucionales y precisó que únicamente se aplicará en casos «gravísimos, extraordinarios y circunstanciales». «Esté tranquila, nadie va a escuchar su teléfono», insistió el responsable de Justicia a la diputada, a la que recordó además que esta facultad de los cuerpos de seguridad no es nueva porque los socialistas la incorporaron en 1988 en una anterior reforma de la Lecrim.

En otra pregunta del diputado del PP Agustín Conde, el ministro aseguró que la modificación de la norma que regula el proceso penal, y que data del siglo XIX con algunos retoques posteriores, es «una pieza muy necesaria» para «un sistema procesal del siglo XXI». El objetivo, resumió, es «poder transmitir a los ciudadanos mayor confianza en el Estado de Derecho». Para ello enumeró el acortamiento de los plazos de las resoluciones, generalizar la segunda instancia penal y modernizar el sistema de intervención de comunicaciones y reforzar la lucha contra la corrupción.

Inseguridad jurídica

Pese a las palabras del ministro, existe un serio punto de fricción con la reforma del artículo 579 de la Lecrim, que regula las intervenciones de las comunicaciones. En su punto cuatro la actual ley ya recoge que, «en caso de urgencia, cuando las investigaciones se realicen para la averiguación de delitos relacionados con la actuación de bandas armadas, elementos terroristas o rebeldes, la medida (...) podrá ordenarla el ministro del Interior o, en su defecto, el Director de la Seguridad del Estado, comunicándolo inmediatamente al juez competente, quien revocará o confirmará tal resolución en un plazo máximo de 72 desde que fue ordenada».

Con el anteproyecto del Gobierno se mantiene este polémico artículo y, además, se fija en 24 horas el tiempo máximo para que las escuchas policiales sean remitidas al juez y abre el abanico de los supuestos investigados, terrorismo y crimen organizado, a los delitos de «especial gravedad», un término bastante amplio y ambiguo, según sostienen los grupos de la oposición en el Congreso y también critican algunos jueces consultados.

El rechazo a esta medida también llegó de los principales sindicatos de policía, jueces y fiscales. El Sindicato Unificado de Policía ve «mal» esta iniciativa. «Hay una cosa que está clara, ahora los jueces están de guardia y, si yo quiero hacer una intervención urgente, sólo tengo que ponerme de acuerdo con un juez. A esa medida no le veo yo mucho futuro», dijo un portavoz tras conocer la reforma.

El representante de la asociación Jueces para la Democracia, Joaquim Bosch, consideró que se trata de una medida «inadmisible» de «dudosa constitucionalidad», que se propuso «sin una adecuada justificación» y puede «generar espacios de inseguridad jurídica». «Los informes que van a ser emitidos por los órganos consultivos harán reconsiderar al Gobierno esta opción», vaticinó.

El presidente de la Unión Progresista de Fiscales, Álvaro García Ortiz, afirmó que la medida afecta directamente a la «legalidad constitucional» y recordó que «hay jueces de guardia en todas las partidas judiciales», por lo que no es necesario que sea el ministro del Interior quien ordene hacer esas escuchas a las fuerzas de seguridad del Estado.

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