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LA RIOJA
Lunes, 23 de mayo 2016, 12:16
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La Dirección General de Tráfico (DGT) ya está harta tras años de discusiones y supuestas excusas increíbles. Las órdenes firmadas por la máxima responsable del departamento, María Seguí, son tajantes: no se quita ni una multa más a los conductores de los vehículos de matrículas reservadas -con el indicativo luminoso encendido o no- si éstos no consiguen acreditar de forma fehaciente que aquel límite de velocidad que se saltaron a la torera, que aquel semáforo en rojo que ignoraron o que aquella maniobra prohibida fue en cumplimiento de una misión especial y que las infracciones estaban plenamente justificadas por un «servicio prioritario».
Seguí ha dicho basta con una polémica instrucción, la 16/S/141. En esas cinco páginas que han levantado ampollas en las fuerzas de seguridad, Tráfico deja claro que no está dispuesto a tragarse más mentiras de los conductores que usan esa matrículas sin propietario para creerse al margen de las normas de seguridad vial. Estas matrículas 'secretas', de las que hay varios miles en la calle, son utilizadas por motivos de seguridad o para encubrir a 'agentes de incógnito' de la Policía Nacional; Guardia Civil; policías autonómicas; miembros del Defensa o del CNI, ministerios; autoridades del Estado y de las comunidades autónomas, y por algunos civiles con trabajos sensibles para la seguridad del Estado.
Margen de 70 días
La nueva directiva de Tráfico es clara: si en 70 días el departamento al que pertenece el vehículo con matricula reservada no explica la causa de la infracción habrá multa y habrá quita de puntos, ya sea un vehículo K (coche policial de incógnito) o del vehículo oficial del presidente del Gobierno.
Y para evitar la sanción, ya avanza la orden de Seguí, no vale recurrir a los vagos cuentos de siempre. «No se admitirán por si solas las siguientes justificaciones: premura de tiempo, vehículo oficial, descuido, vehículo de un alto cargo...»
No más excusas. «Solo serán atendidas causas de justificación o exculpación que vengan avaladas por el mando superior» y solo se quitarán las multas a aquellos infractores que demuestren que cometieron la imprudencia en «prestación de un servicio urgente, preferente o reservado en el marco de una operación o diligencia ordenada por la respectiva autoridad policial, judicial o sanitaria», relata la nueva instrucción.
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