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Los menores que midan menos de 1,35 metros, detrás

Los menores que midan menos de 1,35 metros, detrás

El Gobierno aprobó el pasado 17 de julio una nueva normativa para los menores

EFE

Lunes, 3 de agosto 2015, 00:50

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Los menores de edad que midan menos de 1,35 metros deberán ir sentados en las plazas traseras de los vehículos, salvo que todas ellas estén ocupadas por otros niños, según una modificación reglamentaria sobre el uso de cinturones de seguridad y dispositivos de retención infantil.

El Gobierno aprobó el 17 de julio, en su reunión en Consejo de Ministros, una modificación del artículo 117 del Reglamento General de Circulación que establece la obligación de los menores de ocupar las plazas traseras salvo que el vehículo no disponga de ellas.

Esta modificación entrará en vigor a partir del 1 de octubre de este año e implica también la obligación de que los sistemas de retención infantil se instalen conforme a las instrucciones facilitadas por el fabricante ya que existen diferentes tipos de sistemas homologados: unos orientados en el sentido de la marcha y otros en sentido contrario.

Caso excepcional

El acuerdo del Consejo de Ministros establece que los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros deben ocupar los asientos traseros de los vehículos, «salvo que esas plazas estén ocupadas por otros menores de edad de esa altura, que no sea posible instalar todos los dispositivos de retención necesarios o que el vehículo no disponga de plazas traseras».

Además, se ha modificado el Reglamento General de Vehículos para regular que los fabricantes e importadores de vehículos (categorías M -autobuses- y N -camiones- y tipo BL -ciclomotores, motocicletas y similares-) expidan la tarjeta ITV en soporte electrónico, eliminando la voluntariedad actual para emitirlas en soporte papel o electrónico.

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