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Algo más allá de las multas de tráfico

Algo más allá de las multas de tráfico

Las sanciones por infracción de las ordenanzas, excluida la de circulación, representan el 12%

Javier Campos

Lunes, 27 de marzo 2017, 22:16

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Normas urbanísticas, medioambientales, de convivencia... Las ordenanzas municipales son las normas generales que vertebran la actividad de una ciudad y que regulan la relación de sus vecinos con el Ayuntamiento. Más allá de la regulación de los tributos y tarifas de los precios públicos y la prestación de servicios o de la circulación y la seguridad vial, las ordenanzas controlan los más variados aspectos de la realidad urbana.

Un control que, en ocasiones, acaba en sanción. Aunque más allá de las multas de tráfico las sanciones por el incumplimiento del restante cuerpo normativo son las menos. Los datos de la liquidación del pasado presupuesto elevan por encima del 88% los ingresos que suponen las denuncias de infracciones al volante -algo más de tres millones de euros-.

El 12% restante, y restando las relativas a infracciones tributarias, reportan casi 430.000 euros. Y parte importante de ellos responden a ocupaciones indebidas del dominio público, con la ordenanza reguladora de la instalación de quioscos y veladores a la cabeza -una de cada cuatro terrazas había sido expedientada entre el 2013 y el 2014-.

Sin embargo, otras prácticas prohibidas como sacar elementos fuera de las tiendas -con las fruterías centrando las principales quejas- no pasan más allá del requerimiento o, en todo caso, apercibimiento. «Sé que no puedo sacar el cartel anunciador que tengo en la acera, trato de colocarlo de modo que no interrumpa el paso peatonal, eso sí... sé que en cualquier momento puede presentarse la policía», reconocían en un establecimiento del centro de la capital.

Como curiosidad, cabe destacar que ya desde las primeras ordenanzas municipales allá por 1539 -confirmadas por el mismísimo emperador Carlos I y recogidas por el cronista oficial de la ciudad Salvador Sáenz Cenzano en la década de los 50 en la revista Berceo- en Logroño quedaba «prohibido sacar a la calle mesas, tinglados, bancos u otro aparato cualquiera que sirva para exponer desde las puertas o tiendas géneros de cualquier clase», y en general no se permitía «colocar cosa alguna que salga del resto de la pared del edificio».

Diario LA RIOJA se ha echado a la calle y ha comprobado de primera mano infracciones de este y otro tipo. Ahí también estarían las urbanísticas, ausentes en la última liquidación presupuestaria... es decir, sin multas. «Ni siquiera aparecen en la liquidación, dado que su importe no es relevante», precisan desde la Administración local. Y es que en el apartado de expedientes abiertos en disciplina urbanística, que podrían ser los casos de antenas parabólicas que no pueden instalarse en las fachadas exteriores, o tendederos -prohibido colgar ropa en ventanas y balcones-, 2016 se cerró con 225 casos. La norma dice que no se puede colocar en las fachadas ningún elemento que sobresalga más de 10 centímetros. «También es residual porque supone el 5% de los expedientes sancionadores abiertos en urbanismo», señalan. Cerramiento de balcones y terrazas, instalación de aires acondicionados, toldos, tendederos... La prohibición de parabólicas que se vean desde la vía pública y sobresalgan de la fachada exterior del edificio, al igual que tender ropa en la calle, no es nueva. Pero ahí siguen...

Desde el propio Ayuntamiento se recuerda que el contenido de las ordenanzas ofrece respuestas concretas para solventar dudas en cuanto al desempeño o prohibición de actividades en el entorno urbano. Preceptos, la mayoría de ellos, que tienen mucho que ver en la vida cotidiana de los vecinos y cuyo conocimiento es aconsejable y, sobre todo, muy útil para el ciudadano.

Sacudir las migas del mantel por la ventana o desde la terraza, sacar la basura a deshoras, abandonar los excrementos del perro en la calle... Limpieza, medio ambiente -ruidos- y tenencia de animales son otras de las ordenanzas -con la cívica como culmen- que incluyen prohibiciones cuyo incumplimiento está a la orden del día.

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