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Alberto Gil
Jueves, 8 de mayo 2014, 14:38
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La Fiscalía de La Rioja atribuye a la exdirectora de la guardería municipal de la Casa Cuna y a dos de las trabajadoras un presunto delito de «violencia habitual», por el que pide penas de un año y nueve meses de prisión para la exdirigente de la escuela y de ocho meses para las otras dos monitoras, con inhabilitación especial para el ejercicio de actividades recreativas o de enseñanza con menores durante el tiempo de condena. El escrito de acusación pública -el único, ya que no se han presentado particulares de padres- cuestiona duramente los métodos educativos, de los que responsabiliza en su mayor parte a la exdirectora de la guardería, que trabaja para la empresa Eulen en el centro educativo municipal desde el año 2011 y que asumió la dirección a partir de mayo del 2012 [actualmente está suspendida temporalmente].
La acusada «se conducía en muchas ocasiones en sus relaciones con los menores del centro de una manera absolutamente inconveniente, adoptando pautas educativas y correctoras impropias», describe el fiscal. «Así -continúa-, bajo una desproporcionada rigidez y severidad en sus métodos, gritaba a los menores de manera habitual y en ocasiones se dirigía a ellos con inusitada dureza verbal». La Fiscalía se refiere especialmente a la forma de recriminar a los niños a la hora de comer o de aprender a hacer sus necesidades «llegando a hacer del golpe físico en las modalidades de cachete/bofetada/colleja/bofetón una herramienta bastante habitual». «Estas equivocadas y trasnochadas pautas educativas se hacían más patentes con aquellos menores que justamente presentaban una mayor dificultad en adaptarse a la novedad de su escolarización y autonomía», un estilo educativo que el fiscal define como «despectivo, impropio y autoritario». «De una manera más concreta -detalla el Ministerio Público-, se puede decir que la acusada, frecuentemente, propinaba bofetadas a los menores de dos años por no querer comer -«si alguno no come le das un tortazo», decía abiertamente-.
Las otras dos trabajadoras
Respecto a las otras dos imputadas, la Fiscalía les atribuye una actitud recriminable penalmente por «compartir prácticas pedagógicas cotidianas que minusvaloraban el especialísimo mimo y cuidado que todo menor en esa edad merece», aunque las exime de cualquier maltrato físico al dejar claro que «no hay constancia de que llegaran a propinar bofetadas». En cualquier caso, el fiscal alude a una actitud connivente entre las tres acusadas que «eran vistas por terceros como un grupo definido, caracterizado por compartir cierta complicidad y un similar estilo en su trabajo cotidiano».
En este sentido, el escrito de acusación responsabiliza a las otras dos monitoras de actitudes como sacar a los niños al pasillo «a la menor contradicción con la orden dada» o «dejar a los menores solos en semioscuridad en un cuarto de baño anexo provocando su llanto». El fiscal alude incluso a testimonios de padres de los niños que, sin llegar a padecer un trauma grave, «han tenido manifestaciones puntuales de desconfianza e introversión». Otro episodio descrito es el habitual «lanzamiento de los zuecos de goma que llevaban las monitoras a los niños si estos se levantaban cuando estaban viendo una película en la televisión que, aunque alcanzándoles en ocasiones no les causaban lesión física, pero sí demuestra el más absoluto alejamiento de una práctica pedagógica aceptable».
«Eres un mocoso, asqueroso, subnormal»; «panoli, tonto, mimado, no vales para nada»; «no me toques los cojones que no tengo el chichi para farolillos»; «como no comas te voy a dar una torta»... eran expresiones habituales, con las que, según el fiscal, las acusadas se dirigían a los niños.
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