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La banca ahorrará 110 millones en La Rioja al librarse del impuesto que grava las hipotecas

La banca ahorrará 110 millones en La Rioja al librarse del impuesto que grava las hipotecas

El TS exime a las entidades de devolver 2.550 euros de media a 40.000 riojanos, pero les prohibe cargar sobre ellos el resto de costes, entre ellos, la mitad de los notariales

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Viernes, 2 de marzo 2018, 20:09

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Malas noticias para las más de 40.000 familias riojanas hipotecadas. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictaminado por unanimidad que les corresponde a ellas hacer frente al pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), lo que exime a las entidades financieras de tener que abonar más de 110 millones que los hipotecados ya han pagado al fisco (este tributo lo recauda la Comunidad Autónoma) por constituir los créditos para comprar sus viviendas. Como premio de consolación, los prestatarios podrán reclamar el resto de los gastos relacionados con la formalización de las hipotecas. A saber: el 50% de la minuta del notario (la otra mitad correrá a cargo de la banca), la totalidad de los aranceles del registrador y, en el caso de La Rioja, según el criterio de la Audiencia Provincial, los gastos de gestoría del banco si pueden demostrar que fue impuesta. En el caso de una hipoteca media de 150.000 euros, el sistema financiero se ahorrará 110,5 millones en La Rioja (unos 2.550 euros por cliente), en tanto que los hipotecados podrán intentar recuperar entre 13,5 millones (si no pueden reclamar los gastos de gestoría) y 21,3 millones (si lo logran).

Tradicionalmente, los bancos siempre han cargado todos los gastos hipotecarios al comprador de la vivienda sin ningún tipo de negociación. El Tribunal Supremo, en una sentencia del 23 de diciembre del 2015, puso en solfa esa 'costumbre' considerando abusivo que los costes de elevar a escritura pública los contratos hipotecarios recayesen siempre en los peticionarios de los mismos. Tras esta primera sentencia, que se interpretó como la posibilidad de abrir el camino a un nuevo revés judicial a la banca sólo comparable al que sufrió con el de las cláusulas suelo, varios juzgados de primera instancia y audiencias provinciales, entre ellas la de La Rioja, empezaron a pronunciarse en cascada ofreciendo resoluciones judiciales dispares en función de sus propios criterios. Finalmente, el dictamen del alto tribunal, conocido mediante una nota de prensa el pasado miércoles (la sentencia aún no se ha publicado), resuelve la polémica existente.

GUÍA PARA NO ENREDARSE

  • -¿Qué ha dictaminado el TS?

  • Que la banca no comete un abuso al cargar al cliente el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados asociado a la constitución de una hipoteca, pero sí el resto de los gastos generados.

  • -¿En qué se argumenta?

  • En que según la ley, el pago del impuesto por la constitución del préstamo incumbe exclusivamente a los clientes. Es el mismo criterio seguido por la Justicia riojana.

  • -¿Qué gastos entonces se pueden reclamar?

  • El 50% de la factura del notario (la otra mitad correrá a cargo de la banca) y la totalidad de los aranceles del registrador. En el caso de La Rioja, además, según el criterio de la Audiencia provincial, los gastos de gestoría si se puede demostrar que fue impuesta por el banco.

  • -¿Quién puede reclamar?

  • Todas las hipotecas vivas, algo más de 40000 en La Rioja

  • -¿Merece la pena reclamar?

  • En función de las cuantías, y si no hay más cláusulas abusivas, mejor una solución extrajudicial.

  • -¿Y si ya he acudido a la Justicia y me han devuelto el dinero?

  • Si la sentencia es firme (no ha sido recurrida) no se ve afectado.

El Supremo se ha pronunciado sobre dos recursos de casación presentados contra dos sentencias de la Audiencia Provincial de Oviedo que condenaban a dos clientes a abonar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados derivado de la hipoteca. Estos reclamaban que dicho tributo debía abonarlo el banco. En su dictamen, el tribunal se reitera sobre «la abusividad de una cláusula que, sin negociación y de manera indiscriminada, atribuye en todo caso el pago de los gastos e impuestos al consumidor, a pesar de que la ley, según los distintos supuestos, hace una distribución de los mismos». Los jueces de la Sala Primera, sin embargo, sólo han estimado en parte ambos recursos, estableciendo que el pago del impuesto por la constitución del préstamo incumbe exclusivamente a los clientes. El resto de los gastos correrán a cargo de los bancos, a excepción de los honorarios del notario que se repartirán al 50% entre ambas partes.

Algunas Cifras

-6,2 millones recaudó la Comunidad en el 2017 por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)29,5

-29,5 por ciento cayeron los ingresos respecto al 2016 por la devaluación de los precios de la vivienda 42.100

-42.100 declaraciones se presentaron el año pasado en La Rioja por el AJD, el 8,8% más que en el 2016

La doctrina de diciembre del 2015 provocó una avalancha de pleitos por parte de asociaciones de consumidores y despachos de abogados especializados, que acusan al Tribunal Supremo de dictaminar ahora «a favor de la banca» y animan a los hipotecados a revisar sus contratos para valorar si les compensa económicamente demandar la devolución de los gastos hipotecarios. El dictamen del Supremo no afecta a quienes ya tengan una sentencia en firme y hayan recuperado el dinero, pero sí a quienes tuviesen presentado un recurso.

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