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Concierto, convenio y cupo

MARTÍN TORRES GAVIRIA

Martes, 16 de mayo 2017, 21:56

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Carlos I de España y V de Alemania sin apenas recalar en la península, sin conocer el idioma y con todos sus cortesanos flamencos, se le ocurrió la genial idea de reunir Cortes en 1520 y pedirle a la Corona de Castilla que sufragara los gastos del viaje para su coronación Imperial. Castilla, la omnipresente Castilla, siempre terminaba aportando tercios y pagando las fiestas regias.

Hoy, quinientos años más tarde, tenemos una España dividida en diecisiete comunidades autónomas intentando cada una de ellas buscar su diferencia con la de al lado, en aras de su «territorio histórico». ¡Como si historia no tuviéramos todos! Debido al acuerdo del PP con el PNV, para aprobar los presupuestos de Estado, nos viene de maravilla explicar las tres Ces: Concierto Vasco, Convenio Navarro y Cupo.

Tanto el Convenio Navarro como el Concierto Vasco están recogidos en la Constitución de 1978 que los ampara y respeta. El origen histórico del Convenio Navarro parte de la Ley Paccionada de 1841 donde Navarra pierde su condición de Reino y se integra en el sistema político liberal, conservando sus fueros. El Concierto Vasco proviene de 1878 tras las últimas guerras carlistas. Tanto uno como otro son leyes pactadas entre Navarra y el Estado, en el caso del Convenio; y entre el País Vasco y el Estado, en el caso del Concierto, donde se regula la autonomía fiscal y tributaria de la Comunidad Foral y la del País Vasco. Establece que Navarra, por un lado, y el País Vasco, por otro gestionen y recauden los impuestos en sus territorios. Es decir, como Juan Palomo: yo me lo guiso, yo me lo como. Pero para que no se lo coman todo, hay una parte de los impuestos que recaudan que se la deben pasar al Estado. En el caso de Navarra ese montante se llama «aportación» y en el caso del País Vasco, 'cupo'. La aportación navarra y el cupo vasco son para costear las competencias no transferidas que sigue ejerciendo el Gobierno Central: Asuntos Exteriores, Defensa, AVE, intereses de la Deuda Pública, etc. No voy a entrar en los sistemas de cálculo de la aportación y el cupo; entre otras cosas porque se ha demostrado que no son cálculos racionales sino más bien pasteleos en función de las necesidades de apoyos políticos de cada momento. De seguir así, será el Estado Español quien abone la aportación y el cupo a Navarra y el País Vasco. Tampoco quiero analizar si son partidas excluyentes o solidarias con el resto de España. Y menos aún quisiera demonizar el sistema. Lo único que quiero es que se cumpla la Constitución; esa Constitución que ampara y respeta el Convenio y el Concierto y que tiene un artículo 14 que dice: los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Por tanto, me parece muy bien que los vascos y navarros tengan su libertad fiscal. Y los riojanos, ¿por qué no?

Al final de tanto desplante para Castilla sucedió lo irremediable; que Juan Padilla de Toledo, Juan Bravo de Segovia y Pedro Maldonado de Salamanca, los llamados comuneros de Castilla, se alzaron en armas contra el Rey y perdieron literalmente la cabeza. Como colofón solo me queda plagiar a Quevedo: «Solo Castilla con su luz / lleva a cuestas la Cruz».

Martín Torres Gavíria

Miembro de European Financial Planning Association España

Twitter @MTorresGaviria

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