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Varios camiones circulan por la carretera N-232 a la altura de la localidad de Cenicero. :: sonia tercero
Los transportistas riojanos podrán reclamar lo pagado de más por unos 3.000 camiones

Los transportistas riojanos podrán reclamar lo pagado de más por unos 3.000 camiones

El sobrecoste por vehículo abonado a los grandes fabricantes Daimler, Iveco, Man, Volvo-Renault y DAF, que según Bruselas pactaron los precios, ronda los 10.000 euros de media

C. NEVOT

Sábado, 29 de abril 2017, 00:07

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Los transportistas riojanos podrán ajustar cuentas con el denominado cártel de los camiones. Una trama destapada por la Comisión Europea que en julio pasado impuso una multa de 2.930 millones -ratificada a primeros de este mes- a cuatro grandes fabricantes de camiones, Daimler, Iveco, Volvo-Renault y DAF, por pactar precios de fábrica de vehículos pesados y tonelaje medio y acordar el calendario para introducir las nuevas tecnologías y cumplir así con la normativa de emisiones. En definitiva, pactaban cuándo y cómo cumplir con los estándares de emisiones y los costes de implantar estas reglas los repercutirían en los clientes.

Un 'modus operandi' que mantuvieron durante catorce años. En concreto desde el 17 de enero de 1997 hasta el 18 del mismo mes del 2011. Aquel pacto entre los ejecutivos de los grandes fabricantes de vehículos supuso un sobrecoste de millones de euros para camioneros profesionales en España y en el resto de la Unión.

Es difícil saber cuántos transportistas pagaron en La Rioja las consecuencias de un acuerdo puesto en práctica a la sombra de la Comisión Europea, pero, según los cálculos que efectúan en la Asociación de Empresarios de Transporte de mercancías y Logística de La Rioja (CETM-Rioja), los afectados rondarían los 3.000 teniendo en cuenta que los años en los que estuvo en vigor el 'pacto' del cártel de los camioneros fueron de bonanza económica y muchos transportistas empezaron a renovar sus flotas, animados por las que parecían buenas expectativas económicas.

Los afectados, según el abogado logroñés, Sergio Gil Gibernau, también son «quienes suscribieron un contrato de leasing de dichas marcas en esos años» y se puede reclamar «aunque ya haya vendido el vehículo con posterioridad. No podrán los compradores de vehículos de segunda mano».

En cuanto a la cantidad que desde ya pueden reclamar a la vía judicial, según las estimaciones del abogado logroñés Sergio Gil Gibernau, por cada uno de los vehículos afectados en la región se abonó un sobrecoste de en torno al 15% (unos 10.000 euros de media). Un buen 'pellizco' por el que tienen de plazo para litigar un año desde la publicación en el diario oficial de la Unión Europea el pasado 6 de abril de la decisión de la Comisión Europea, relativa al procedimiento sancionador impuesto el pasado mes de julio a los principales fabricantes europeos de vehículos industriales (DAF, Daimler-Mercedes, Iveco, Man y Volvo-Renault) y que supone una multa de 2.930 millones de euros. Se trata de la cifra más elevada impuesta jamás por los servicios de la competencia del Ejecutivo comunitario por la creación de un cártel

De los cinco fabricantes denunciados, Man fue la única que finalmente se libró de tener que abonar la multa. La Comisión le condonó el 100% de la multa -unos 1.200 millones de euros- por revelar la existencia del cártel. Sobre el resto recayeron diferentes multas, en función de si cooperaron o no con la investigación de Bruselas. El grueso corresponde a la alemana Daimler, con 1.008 millones, le sigue DAF con 752.679 euros, Volvo-Renault con 670.488 euros e Iveco con 494.606 euros.

De acuerdo con el texto de la resolución de la Comisión Europea entre 1997 y 2011 los implicados mantuvieron reuniones en dependencias de la industria realizadas con la intención de infringir la ley. También se intercambiaron regularmente emails y llamadas telefónicas. En ellas se discutían aumentos de precios y la introducción de nuevos estándares de emisión. «En estos encuentros, que se realizaban varias veces al año, se discutían y en ocasiones se acordaban aumentos de precios». Fue la compañía Man la que destapó el caso. «El 20 de septiembre de 2010 Man SE y sus subsidiarias pidieron la inmunidad ante multas o la reducción de las mismas. El 17 de diciembre la Comisión se la garantizó». Y entre el 18 y el 21 de enero del 2011, la Comisión inspeccionó las sedes centrales de los infractores. En el caso de Scania, al no haber admitido su participación en los hechos, como sí lo han hecho el resto, está pendiente de que la Comisión Europea dicte una resolución específica para dicho fabricante.

¿Cuáles son los hechos que dan origen a la reclamación?

El 19 de julio del 2016, según explica el abogado riojano Sergio Gil Gibernau, del despacho Hispajuris, la Comisión Europea descubrió que los fabricantes de camiones MAN, Volvo/Renault, Daimler, Iveco y DAF quebrantaron el artículo 101 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 53 del Acuerdo EEE, que prohíben cárteles y otras prácticas restrictivas de negocio. La Comisión descubrió que estos fabricantes de camiones se pusieron de acuerdo durante 14 años (de 1997 a 2011) para la fijación de precios y para repercutir a sus clientes los costes del cumplimiento de las normativas de emisiones más estrictas de la UE. Por estas infracciones, la Comisión ha impuesto multas de distinta cuantía. Todos los fabricantes de camiones han reconocido su participación en el cártel, excepto Scania.

¿Quiénes pueden reclamar?

Los perjudicados son aquellos que compraron camiones de las marcas MAN, Volvo/Renault, Daimler, Iveco, y DAF, entre los años 1997 y 2011. También lo serían quienes suscribieron un contrato de leasing de dichas marcas, en esos años. Pueden reclamar incluso aunque ya hayan vendido el vehículo con posterioridad. No podrán los compradores de vehículos de segunda manos.

¿Cuánto podría reclamar el comprador afectado?

El precio de estos vehículos industriales (camiones de carga media y carga pesada) oscila entre 40.000 y 120.000 euros, lo que arroja un precio medio de 80.000 euros. Se desconoce con exactitud el porcentaje de sobreprecio aplicado. Pero a dicho concepto, habría que sumar el coste de la implantación de los sistemas de retención de gases contaminantes, que como dice la Resolución sancionadora de la Comisión Europea, está demostrado que los fabricantes hicieron un Passing-On a los compradores. Se sumará, a efectos de calcular el importe a reclamar, el IVA, más los intereses.

¿Qué debe aportar el perjudicado?

El éxito de la defensa procesal de los afectados requiere un informe pericial exhaustivo, específico por fabricante, que acredite de un modo preciso los sobrecostes derivados de la fijación de precios en fábrica, así como el coste derivado de la implantación de los sistemas de retención de gases contaminantes, que pueden suponer hasta 10.000 euros por vehículo.

¿Hay precedentes favorables para los perjudicados?El cártel del azúcar, formado por Ebro Foods y Acor, Sociedad cooperativa, fue condenado en España, con sendas sentencias del Tribunal Supremo, a indemnizaciones de daños y perjuicios por un total de 5 millones de euros, más intereses, derivados de su responsabilidad por concertar los precios de venta del azúcar para usos industriales.

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