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E. SÁENZ
Sábado, 25 de marzo 2017, 01:14
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El Consejo de Gobierno de La Rioja aprobó ayer el decreto del nuevo reglamento del sector turístico que persigue, según aseguró la portavoz del Ejecutivo, Begoña Martínez, «mejorar y modernizar la oferta turística de la región y adaptarla a los tiempos actuales» atendiendo a las necesidades y demandas tanto de los profesionales del ramo como de los visitantes.
Entre las principales novedades, el texto modifica la normativa vigente para distinguir los apartamentos turísticos (los que contienen tres o más unidades de alojamientos en un mismo edificio o parte diferenciada del mismo) de los pisos de uso turístico (que incluyen los que se anuncian a través de Internet). El reglamento excluye aquí las viviendas que sean el domicilio habitual del cedente y las que se destinen al alquiler hasta un máximo de 3 meses al año. Como agregó Martínez, la diferenciación legal constituye un paso para «normalizar» la situación de la oferta de particulares que no cumple con las debidas exigencias y que se abordará de aquí en adelante junto a los representantes del sector turístico y los diferentes ayuntamientos.
El texto, que refunde toda la legislación autonómica en este ámbito y aglutina 221 artículos, incluye asimismo como una especialidad de albergues los de peregrinos, regulando qué tipo de usuarios pueden acoger y su ubicación física exclusivamente en los municipios por los que transcurre el Camino de Santiago. Quedan fuera de este rango los gestionados por entidades sin ánimo de lucro o de titularidad pública al entenderse como una actividad cultural y asistencial.
Por otra parte, se suprimen las especialidades de moteles y hoteles familiares dado su escasa implantación en la región, mientras que los campamentos de turismo pasan de estar clasificadas en lujo, primera y segunda a 5 categorías identificadas por estrellas para homogeneizarse con la clasificación de otras comunidades y el resto de países. En cuanto a los guías, la norma sustituye las pruebas para acceder a tal condición por la habilitación basada en la acreditación de estar en posesión de una determinada titulación universitaria o de FP de grado superior específica de turismo, y la acreditativa del conocimiento de un idioma.
Empresas de congresos
Se introduce además un capítulo dedicado a empresas organizadoras de reuniones y congresos que antes sólo se mencionaban como un tipo de actividad turística complementaria. «La escasa regulación no correspondía a la importancia que tienen en el sector», razonó la también consejera de Presidencia. Aunque el reglamento no se centra en bares y cafeterías al entender que ya están suficientemente supervisados tanto por la Administración local como por la autonómica, en la actividad de restauración se prescinde de la categorización por tenedores, por ser una clasificación que no es equiparable a la de otras comunidades y puede llevar a confusión.
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