Borrar
Ceniceros, al frente del Consejo de Gobierno en una de sus recientes reuniones. :: justo rodríguez
Los funcionarios que denuncien casos de corrupción tendrán garantizado el anonimato

Los funcionarios que denuncien casos de corrupción tendrán garantizado el anonimato

El Gobierno riojano ultima la Ley que regula los altos cargos y limita su actividad privada durante dos años después de su cese

Teri Sáenz

Miércoles, 23 de noviembre 2016, 22:57

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Ejecutivo de José Ignacio Ceniceros estará obligado a establecer las medidas precisas para que los funcionarios que informen sobre la posible comisión de delitos contra la Administración pública sean mantenidos en el anonimato. Asimismo, el Gobierno regional deberá omitir tanto los datos relativos a la identidad del denunciante como los que pudieran conducir a reconocerlo en el procedimiento que virtualmente abra al efecto. Todo ello, con la finalidad de «fomentar la denuncia de posibles situaciones de corrupción» y sin que dar el paso suponga una traba insuperable para quien las detecte.

Así al menos se plantea en el borrador de la Ley de Buen Gobierno y Estatuto del Alto Cargo de La Rioja que perfila el sucesor de Pedro Sanz y que ya anunció en sede parlamentaria -con la previsión de ser aprobada el pasado mes de octubre- con el objetivo de «dar plena garantía a los ciudadanos de la honestidad y ejemplaridad» de los gestores de la comunidad y ahondar «en el proceso de regeneración democrática que venimos impulsando». Un texto que compromete no sólo al presidente del Ejecutivo, consejeros y sus equipos, sino a los responsables de organismos, sociedades y fundaciones y otras entidades públicas dependientes de la Comunidad Autónoma y un punto novedoso: el personal eventual y con contrato de alta dirección que remite, por ejemplo, a jefes de gabinete y otro catálogo de puestos de libre designación con funciones directivas o de asesoramiento.

La normativa prevé, además, que se adopten las garantías necesarias para no adoptar ninguna medida represora motivada por la posible denuncia, especialmente en los referentes a la dignidad del funcionario en cuestión, su carrera administrativa o el desarrollo de su puesto de trabajo. La medida, recogida entre las disposiciones adicionales del documento preliminar al que ha tenido acceso Diario LA RIOJA, discurre en la misma línea de otras similares acordadas entre PP y C's en comunidades como Castilla y León donde una parte de los trabajadores públicos han expresado sus dudas sobre la efectividad y articulación de los mecanismos de protección.

Ida y vuelta

El texto legislativo abarca otro amplio abanico de cuestiones que persiguen el mismo fin de blindar el buen hacer de la cúpula del Gobierno regional. Y no sólo durante el ejercicio de sus responsabilidades, sino una vez fuera del Palacete. En este punto, el proyecto de Ley limita el ejercicio de sus actividades privadas durante los dos años posteriores a la fecha de su ceses. ¿Qué tendrán vetado hacer los exaltos cargos en ese tiempo? De concretarse el articulado tal y como está ahora esbozado, prestar servicios en puestos de dirección en firmas que tengan contratos con vigor o pretendan licitar con el órgano donde prestó sus servicios el responsable público en cuestión, así como ocupar cargos retribuidos en asociaciones y otras instituciones que, aún no teniendo ánimo de lucro, reciban ayudas por parte de la Consejería saliente. Un punto éste que, de haber estado vigente, hubiera afectado virtualmente por ejemplo a Igor Fonseca, quien tras dejar la Dirección General en la etapa posterior a Pedro Sanz se incorporó a ARAG-Asaja en calidad de coordinador de los servicios técnicos de del sindicato agrario.

En los 24 meses posteriores a la salida del Ejecutivo, tampoco podrán involucrarse en actividades privadas relacionadas con los expedientes en los que hubieran intervenido de manera directa. A fin de evitar incompatibilidades o contravenencias, la normativa insta al exalto cargo a trasladar al órgano encargado de gestionar del Registro de actividades, bienes patrimoniales e intereses qué puesto pretende incorporarse y declarar que no está incurso en ninguna de las limitaciones estipuladas.

En su exposición de motivos, el borrador de la Ley reconoce que la regulación del ejercicio de actividades privadas con posterioridad al cese es una «materia delicada» y debe valorarse «equilibradamente» el derecho de reincorporarse a la empresa privada en condiciones dignas que eviten «conductas inadecuadas». Y también a la inversa: «Unos requisitos demasiado exigentes para el reingreso al mundo laboral pueden suponer un condicionante negativo para que buenos profesionales se planteen desarrollar durante un periodo de tiempo la gestión de los intereses públicos».

Sobre este mismo aspecto, el documento que se encuentra aún en fase de análisis prohibe fijar cualquier tipo de indemnización por cese en el puesto, salvo lo que determine la legislación respecto a los contratos laborales de alta dirección. Con el afán de certificar que el desempeño de sus tareas en el Ejecutivo no haya servido al alto cargo para enriquecerse favoreciéndose del puesto, se le obligará a presentar en el plazo de dos meses tras su marcha del Gobierno una serie de documentos: desde la declaración de la situación patrimonial a la de sus bienes, así como una relación de las actividades que estuviera realizando en el momento del cese y una copia de la declaración del IRPF.

En cuanto a la publicidad, se establece que el patrimonio de cada alto cargo pueda tener carácter público ajustándose a lo dispuesto en leyes como la de Protección de Datos y la de Transparencia, mientras el resto de información sensible será reservada y accesible sólo a órganos judiciales, el Consejo de Gobierno, el Parlamento o los encargados de instruir virtuales expedientes.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios