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Navarra gana a La Rioja la disputa por la titularidad de 31,5 hectáreas junto al Ebro

Navarra gana a La Rioja la disputa por la titularidad de 31,5 hectáreas junto al Ebro

El terreno afectado acoge la depuradora de aguas residuales de Agoncillo y Arrúbal, que también da servicio al polígono industrial de El Sequero

Luis J. Ruiz

Viernes, 1 de julio 2016, 09:06

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Un bocado de 315.000 metros cuadrados. Treintaiún campos y medio de fútbol arracimados junto al Ebro que reclamaban para sí, del lado riojano, Agoncillo y Arrúbal, y del navarro, Mendavia. Tras décadas de conflicto en las que unos y otros han desempolvado inveterados alzados cartográficos para justificar su posición, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (en concreto la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales) ha emitido su veredicto: esa cuña de terreno que apenas da para acoger un improvisado circuito de motos y la depuradora de aguas residuales de Agoncillo, Arrúbal y del polígono industrial de El Sequero es Foral.

  • Agoncillo y Arrúbal

  • Actas defendidas Las de 1871 y 1935, que sostienen que el eje del Ebro marca la frontera.

  • Argumentos El acta de 1924 fue levantada sin la presencia del Ayuntamiento de Agoncillo.

  • Mendavia

  • Actas defendidas Las de 1924, que entrega a Navarra esos 315.000 metros cuadrados.

  • Argumentos El acta de 1871 no se refiere a la totalidad de la linde entre Mendavia y Agoncillo, sino sólo a una parte de esa muga.

  • La reclamación

  • 2009 El Ayuntamiento de Mendavia, con la unanimidad del pleno, inicia un procedimiento de deslinde.

  • 2013 En octubre se reúnen los alcaldes de las tres localidades y un representante del Gobierno regional en Mendavia. Buena sintonía sin acuerdos.

  • La decisión

  • Ministerio de Hacienda Da por buenos los argumentos navarros y apunta que esa cuña de terreno es territorio de Navarra.

La pugna entre Agoncillo y Mendavia es tan antigua que Arrúbal aún era un barrio de la localidad riojana (se independizó en 1953) cuando empezó. Las posiciones, siempre incompatibles. Al norte del Ebro, la tesis que defienden pasa por respetar la muga que se estableció en las actas del Instituto Geográfico de noviembre de 1924 y en el acta adicional de abril de 1954. Esa propuesta otorgaría a Navarra el terreno en litigio.

Del lado riojano siempre se ha apostado por fijar la linde entre ambas orillas, en el eje del río Ebro, es decir, establecer la barrera natural como frontera política. De esa manera, los terrenos en cuestión serían riojanos. Esa tesis, como la navarra, también tiene una histórica argumentación cartográfica ahora rescatada: siempre se ha apelado al acta de deslinde y amojonamiento entre Agoncillo y Mendavia fechada en 1871, medio siglo antes que los legajos navarros, y otra de 1935.

Acuerdo imposible

Lo que siempre había sido un desacuerdo vecinal transmitido de generación en generación tomó forma en el año 2009. El Ayuntamiento de Mendavia abrió entonces un procedimiento de deslinde que contó con la unanimidad del pleno y que se cerró (de momento) el pasado 19 de mayo: el Boletín Oficial del Estado publicaba la aprobación del deslinde respetando el argumentario de la administración navarra. Hasta el próximo 20 de julio, La Rioja podrá recurrir ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional.

Antes de esa orden ministerial hubo un intento de conciliación. Se reunieron en el Consistorio de Mendavia los alcaldes afectados. Buena sintonía, pero un acuerdo imposible. Era octubre del 2013.

Tres años después, la decisión del Ministerio -respaldada también por el dictamen no vinculante del Consejo de Estado- se fundamenta en que en este tipo de conflictos deben primar las actas de deslinde más antiguas. En este caso, a priori la más antigua sería la de 1871, la alegada por Agoncillo. Pero desde el Ministerio consideran que «es un documento en el que sólo se reconoce un pequeño tramo de la línea límite entre Mendavia y Agoncillo». Además aseguran que el documento reconocía expresamente que no pretendía el reconocimiento total de la línea límite con Mendavia. Así aboga por aplicar los límites fijados en las actas de 1924, cuyo levantamiento «se llevó a cabo de manera análoga a la del resto de límites municipales en los trabajos del mapa topográfico».

Desde Agoncillo y Arrúbal siempre se ha negado la validez de ese documento ya que sostienen que ese deslinde fue realizado de forma unilateral por Mendavia y que a aquel acto no asistió ningún representante del Ayuntamiento de Agoncillo, por lo que no puede considerarse consentido. Por eso creen que la mejor solución es la de 1935, el acta de deslinde rubricada por ambos municipios. Pero esa tesis también la tumba, recurriendo a la jurisprudencia, el dictamen del Consejo de Estado. El Ministerio de Hacienda hace suya esas conclusiones y concreta que el hecho de que el Ayuntamiento de Agoncillo «no compareciese al reconocimiento de 1924, no puede cuestionar la vigencia y validez de dicho deslinde, dado que dicha entidad fue correctamente emplazada».

Por todo ello, dice el departamento de Cristóbal Montoro, el acta de 1924, contiene un deslinde jurisdiccional válido y firme.

Es decir, es Navarra.

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