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Viernes, 26 de septiembre 2014, 13:39
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A.G.M., el alfareño de 27 años que en 2010 causó la muerte de dos motoristas en Alfaro cuando conducía bajo la influencia de bebidas alcohólicas, no entrará en la cárcel. Así lo ha dictaminado la jueza Isabel Fernández, magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño, en una sentencia hecha pública esta mañana.
Fernández considera probado que el 1 de agosto del 2010, sobre las 13:10 horas, A.G.M. conducía un todo terreno de gran tamaño (un Ford Maverick propiedad de su madre) por la carretera LR-287. En ese momento, la sentencia estima probado que el conductor se durmió, perdiendo el control del vehículo y arrollando a tres motoristas que transitaban por la vía: Javier Peña, de 26 años, que murió en el acto; José Javier Martínez, de 54, que falleció en el hospital a los dos días, y Ana María Martínez, novia del primero e hija del segundo, que resultó con heridas de gravedad que le han dejado varias secuelas.
La Guardia Civil que se presentó en el lugar de los hechos realizó al conductor un control de alcoholemia, que arrojó positivo con 0,7 miligramos de alcohol en sangre. Además de otros síntomas que enumera la sentencia: "Ojos brillantes, rostro pálido, presencia de nistagmos (movimiento incontrolado de los ojos), habla pastosa, muy fuerte olor a alcohol de cerca, repetición de frases y movimiento oscilante de la verticalidad del cuerpo".
La Fiscalía pedía cuatro años de cárcel, y la acusación particular (la familia de las víctimas) también. Sin embargo, la sentencia es más benigna con el acusado, dejando la pena en dos años de cárcel. Es el límite legal para que alguien sin antecedentes (como es el caso) no ingrese en la cárcel.
Atenuantes
La rebaja de pena de de la sentencia viene motivada por dos atenuantes que la sentencia estima:
- Primero, que el acusado y su compañía de seguros han indemnizado a las familias de las víctimas en distintas cantidades, de las que la amplia mayoría correspondieron a la aseguradora y sólo una parte (algo más de 30.000 euros) al condenado.
- Y segundo, que el caso ha estado demasiado tiempo tramitándose en los juzgados. Según la sentencia explica, "existe un retraso que no puede estimarse justificado; se reciben los autos en el Juzgado de lo Penal el día 16 de octubre de 2012, según diligencia de reparto, y no es hasta el 6 de febrero de 2014, más de un año después, cuando se dicta auto procediendo al señalamiento de juicio". La misma sentencia indica que la culpa del retraso es "el gran número de asuntos que corresponden a este Juzgado".
En definitiva, el ya condenado salda su participación en la muerte de dos personas con dos años de cárcel que no cumplirá, otros dos de inhabilitación para presentarse a unas elecciones y la privación del carné de conducir durante cuatro años. Además, deberá pagar las costas del proceso.
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