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Miguel Morales, antes de la vista oral del juicio.
La juez declara improcedente el despido hace un año de uno de los investigadores jefes del CIBIR

La juez declara improcedente el despido hace un año de uno de los investigadores jefes del CIBIR

El centro dependiente de la Fundación Rioja Salud deberá readmitir al doctor Miguel Morales o indemnizarle con 20.419 euros

PIO GARCÍA

Domingo, 22 de junio 2014, 12:19

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A Miguel Morales Fuciños (Barcelona, 1966), doctor en Biología e investigador jefe de enfermedades neurodegenerativas en el CIBIR, lo despidieron el 17 de junio del 2013. Según le comunicó por carta la Fundación Rioja Salud, había finalizado «el proyecto de investigación para el que había sido contratado» el 1 de junio del 2010. Tras la vista oral celebrada el 11 de marzo del 2014, la titular del juzgado de lo Social número tres de Logroño, Emma Porto, acaba de declarar «improcedente» el despido del doctor Morales. La Administración autonómica tiene ahora cinco días para decidir si lo readmite o lo indemniza con 20.416,46 euros, aunque también puede interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

El despido del doctor Morales causó un estruendo social en su momento al denunciar el investigador «motivos políticos» en su cese. Ya en enero, la Fundación Rioja Salud había intentado echarlo por participar en una concentración en contra de los recortes en la ciencia. En esa carta de despido, a la que tuvo acceso este periódico y de la que se hace eco el fallo, se mencionaban además otros tres motivos: enviar (por error) un e-mail insultante al coordinador científico del CIBIR, Eduardo Mirpuri; colocar carteles en contra de los recortes en I+D en su puesto de trabajo; y felicitar las fiestas de Navidad al personal del CIBIR con el deseo expreso de que el nuevo año trajera «menos recortes, dobles pagas y un incremento del porcentaje en investigación». Morales trató entonces de pactar un despido indemnizado con algunas condiciones (como el mantenimiento del personal que trabajaba en su grupo), pero finalmente la Consejería de Salud se lo pensó mejor y retiró el expediente de sanción.

El despido se produjo efectivamente seis meses más tarde, en junio del 2013 y por supuestamente «haber finalizado el proyecto de investigación». Morales, asistido por la letrada de UGT Alicia Martínez, acudió entonces a la Justicia para reclamar la nulidad de los actos por vulneración de sus derechos fundamentales o, en su defecto, la consideración de despido improcedente.

En su fallo, la juez considera que, en efecto, la relación cordial entre el investigador y el CIBIR «quebró» a raíz de su participación en la manifestación en contra de los recortes: «Ninguna incidencia en la gestión e interacción habitual en la actividad del laboratorio y su personal por parte de la empresa aparece sino a partir de esa fecha», subraya. No obstante, la sentencia indica que los «acontecimientos desarrollados a posteriori» hacen que no quepa apreciar «indicio de vulneración de derecho fundamental alguno», por lo que no admite la pretensión de «nulidad». La juez se refiere a la intención, expresada por ambas partes, de finalizar su relación antes de la fecha de fin de contrato prevista (junio del 2014).

Pero la juez Porto sí considera, en cambio, que estamos ante un despido improcedente. Aquí la sentencia desmonta la pretensión de la Fundación Rioja Salud de que el proyecto de investigación hubiera acabado ya. Y no tanto porque solo quedara acreditada la conclusión de tres de los cinco programas abordados por el equipo del doctor Morales, sino por la propia naturaleza de un contrato cuyo objeto («investigación en enfermedades neurodegenerativas») era tan vago que iba incorporando nuevos proyectos, por lo que podría calificarse de fraudulento. Además, cuando se firmó aquel contrato, el Estatuto de los Trabajadores indicaba que el límite de duración máxima para este tipo de contratos era de tres años, tiempo superado por el investigador que, de este modo, se había convertido ya en «fijo» a la fecha del despido.

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