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L. PALACIOS
Miércoles, 10 de enero 2018, 00:49
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madrid. Fueron despedidas por un hecho delictivo: robar. Pero la forma en que se consiguieron las pruebas, mediante grabaciones ocultas, es discutible. Así lo estimó ayer el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en un fallo. Su sentencia condena a España a indemnizar con 4.000 euros a cada una de las cinco cajeras de un supermercado de Barcelona que fueron despedidas por estos hechos, al estimar que el Estado no protegió su derecho a la intimidad, además de entre 500 y 568,86 euros por los gastos y costas del juicio.
Los hechos se remontan a junio de 2009, cuando las cinco trabajaban como cajeras en M. S. A., una cadena familiar de supermercados de Barcelona, en las que se instalaron cámaras de videovigilancia para investigar posibles robos después de que el gerente detectara irregularidades entre los niveles de existencias y lo que se vendía a diario.
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