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Los afectados por las cláusulas suelo pueden reclamar desde hoy la devolución de su dinero

Es el cliente el que tiene que acudir a una sucursal a poner en marcha este proceso extrajudicial y el banco deberá responderle antes de tres meses

R. C.

Lunes, 23 de enero 2017, 00:39

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madrid. Los hipotecados con cláusulas suelo abusivas pueden reclamar desde hoy a los bancos la devolución del dinero que les han cobrado de más. Así se estableció en el Real Decreto Ley aprobado el pasado viernes en el Consejo de Ministros y que se publicó este sábado en el BOE.

Que no espere el afectado una carta o llamada de aviso, y que es el consumidor quien tiene que tomar la iniciativa para poner en marcha este proceso extrajudicial acudiendo a una sucursal -independientemente de que la entidad haya habilitado ya el mecanismo-, pues dispone del plazo de un mes para establecerlo. Es decir, la banca -tal y como establece esta norma- queda eximida de la obligación de dirigirse específicamente a cada usuario, aunque sí debe «garantizar» que ese mecanismo sea conocido por todos los consumidores con suelo en su hipoteca e informar de este proceso en sus páginas web y en las sucursales.

Cualquier persona física que haya firmado un contrato con cláusulas suelo -independientemente de si la hipoteca ha sido ya cancelada o no- podrá acogerse a este mecanismo siempre y cuando cumpla los requisitos jurídicos. Una vez hecha la reclamación, los bancos tienen la potestad de decidir, en el plazo máximo de tres meses, si efectivamente las cláusulas son abusivas o no y, por tanto, si ofrece una compensación al cliente. En caso de que el banco le dé la razón, deberá remitirle un cálculo de la cantidad a devolver incluyendo los intereses, dinero que podrá reembolsar en efectivo o bien mediante una solución alternativa, como la amortización proporcional de la hipoteca.

Si no lo aceptara, la entidad tendrá que remitirle al cliente las razones por las que rechaza su solicitud. En este último caso, al afectado siempre le quedará acudir a los tribunales, aunque lo hará sin saber de cuánto dinero se trata, porque la firma no está obligada a calcularla.

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