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Un juez de Madrid reconoce la antigüedad a un interino que encadenó contratos

R. C.

Jueves, 3 de noviembre 2016, 01:01

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Madrid. Encadenar contratos en la Administración, aunque cada uno se prolongue por encima de los tres meses, no impide que todo ese tiempo trabajado se acumule para el cómputo de la antigüedad de un empleado interino. Así lo ha establecido el titular del Juzgado de lo Social número 33 de Madrid, en lo que sería a priori la primera sentencia dictada en este sentido en España tras un fallo anterior del Tribunal de Justicia de la UE que eliminaba ese tipo de distinciones.

Aunque lo previsible es que ese criterio de la justicia europea sea aplicado en todo el país, la realidad es que no ocurrirá así hasta que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo se reúna para unificar la jurisprudencia en ese sentido. Para ello sería necesario que llegue a esa instancia alguna de las demandas planteadas por los miles de trabajadores interinos afectados por la cuestión.

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