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La justicia exprés para el cobro de deudas también se atasca

Los procesos monitorios pueden durar más de nueve meses aunque solo siete de cada cien casos se resuelve con el pago del dinero pendiente

J. A. BRAVO

Martes, 12 de enero 2016, 00:22

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madrid. Los llamados procesos monitorios nacieron con el cambio de siglo como una herramienta para agilizar el cobro de deudas en las comunidades de vecinos ante los impagos crecientes por parte de los propietarios de los pisos. Era una especie de justicia exprés destinada a resolver en poco tiempo los pleitos económicos de menor alcance.

Poco después un instrumento pensado en 1999 más para el sector inmobiliario, que vivía entonces una de sus últimas etapas de efervescencia, saltó a la economía en general. Primero se limitó a las reclamaciones inferiores a 30.000 euros, para luego (2009) multiplicar por ocho ese límite hasta alcanzar los 250.000 euros. Ya en 2011 se eliminó esa barrera para adaptarlo a la UE. La filosofía de estos procesos, que se tramitan en un Juzgado de Primera Instancia, es agilizar el cobro de deudas que estén documentadas. En la práctica, sin embargo, esa rapidez ha resultado algo muy relativo. Así, según los últimos datos (2014) recopilados por el Consejo General del Poder Judicial, el período medio de resolución está en los seis meses.

El problema añadido es que, además, existen diferencias muy apreciables según el territorio donde se tramiten. Así, los más de nueve meses y medio que se demora un procedimiento monitorio en Murcia, los ocho de Andalucía o los siete en la Comunidad Valenciana contrastan sobremanera con los cerca de tres meses que suele durar en Castilla y León, el País Vasco y Navarra.

Este tipo de casos se resuelven de tres formas: abonando la deuda pendiente, no haciéndolo pero tampoco oponiéndose a que se pueda ejecutar un embargo o, por último, recurriendo la reclamación económica presentada. En este tercer caso se iniciaría lo que se conoce como proceso declarativo, que termina en un juicio verbal rápido si lo adeudado no supera los 6.000 euros o, de tratarse de una suma mayor, se tramita ya como un pleito ordinario. Casi un 9% de los procesos monitorios (en concreto, 56.500 al año) termina precisamente de esa forma.

Entre el resto, casi la mitad (47%) llegan a ser desestimados porque la deuda reclamada no está bien justificada, o directamente por falta de competencia del juzgado al que se acude. Por el contrario, algo más de un tercio (252.574, el 37,4%) terminan en la fase de ejecución.

Tan solo siete de cada 100 (el 7,3%) se resuelven realmente por la vía exprés, es decir, con el pago de la deuda en un espacio corto de tiempo. Un nivel reducido de casos que, por si fuera poco, apenas ha subido unas décimas en los últimos años.

En 2014 se presentaron 657.057 procesos monitorios, casi un 17% más que el ejercicio anterior. Lo malo es que al final del ejercicio todavía quedaban por resolver casi la mitad (299.268). Desde Legálitas, una de las firmas especializadas en este tipo de asuntos, se atribuye ese aumento a la propia reactivación del sector de empresas dedicado a la recuperación de impagados, así como al fraccionamiento de las reclamaciones para eludir el pago de tasas.

Aunque en un 40% de los casos se logra un acuerdo extrajudicial en la reclamación de deudas, según Legálitas el 72% de los acreedores optaron en 2015 por acudir a los tribunales, el doble que el año anterior (30%).

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