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Cartel de una manifestante, durante una de las múltiples protestas celebradas en Pamplona tras conocerse la sentencia contra La Manada. :: efe
La dos visiones ante La Manada y su delito

La dos visiones ante La Manada y su delito

Los recursos reflejan el choque de dos sociedades con versiones distintas de los hechos probados

DOMÉNICO CHIAPPE

MADRID.

Lunes, 4 de junio 2018, 00:33

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Desde el mismo momento de la denuncia contra La Manada se activó un mecanismo social que retrataba dos sociedades contrapuestas. Una, que defendía a la joven que denunció haber sido violada por cinco hombres; otra, que absolvía a los supuestos victimarios. Dos visiones que chocarían pronto en la calle, mientras se esperaba la sentencia. Cuando llegó la decisión judicial, esa contraposición social se vio claramente en la ponencia, en que dos magistrados condenaban a los cinco hombres, mientras un tercero hacía un extenso voto particular que culpabilizaba a la mujer. Con los mismos hechos, con las mismas averiguaciones y atestados, ¿qué vieron unos y otros? ¿Por qué para un lado los cinco hombres merecen nueve años de prisión y para el otro, la absolución?

Esta semana, ambas partes -las acusaciones versus La Manada- han presentado sus recursos de apelación. A partir de los argumentos del abogado defensor, Agustín Martínez Becerra, basados en la «absoluta adhesión» al voto particular del juez Ricardo González, se plantean cuatro puntos en que los mismos hechos son interpretados de forma distinta: uno, en la situación previa al acto sexual, se dirime si existió o no consentimiento; dos, durante las penetraciones, si hubo deseo y voluntariedad por parte de la joven; tres, qué significa el silencio de ella; cuatro, si la actitud posterior de la joven (no buscar ayuda inmediata o proseguir con la cotidianidad de su vida) es reflejo de que lo que sucedido entra dentro de la normalidad moral de la víctima.

El juez González redactó su propio relato de los «hechos probados», que ahora sirve de cimiento defensivo de La Manada. ¿Qué vio el magistrado, voz de aquella corriente de opinión, en su mayoría soterrada, que se conduele del destino de los cinco hombres condenados? En el fondo, apunta al comportamiento de la víctima, con simplificaciones y pinceladas claves para una interpretación, más que de ingenuidad o estupidez etílica, sí de imprudencia e incluso de laxitud sexual.

Señala que fue ella quien se acercó al banco de la plaza, «charlando todos ellos»; que a las tres de la madrugada llamó a un hombre «al que había conocido esa misma noche»; que ella estaba «a una corta distancia del grupo que no le impedía escuchar la conversación» cuando los condenados pidieron a un portero de hotel una habitación «para follar»; que «la denunciante estuvo besándose con Ángel Boza» mientras Prenda entraba y salía del portal; que «entró en compañía de los cinco acusados» y «llegó» al rellano. Aquí importan los verbos empleados.

Ahí «mantuvieron una serie de relaciones sexuales consistentes en la práctica de felaciones a todos los varones, penetraciones vaginales realizadas por Prenda, Cabezuela y Escudero, quien también la penetró analmente (...) sin que dicha denunciante les expresase ni de palabra ni con gestos, ni de ninguna otra manera, su disconformidad». Juega el juez al omnisciente al decir: «Creyendo en todo momento, los cinco acusados, que ella estaba conforme con los actos sexuales». Invalida la veracidad de la versión de ella: «No consta acreditado que se encontrase en situación de shock o bloqueo».

Hasta aquí la 'visión González' desentraña los tres primeros puntos de desacuerdo. Su versión deja entrever que la situación era de «apariencia amigable y sin asomo de hostilidad», que pudo haber un acuerdo sexual durante la «charla» de la plaza. Infiere que mantuvo las relaciones con los cinco hombres de forma voluntaria, y que el silencio debe interpretarse como consentimiento. «No la forzaron, no intentó zafarse, ni huir; no gritó, no le taparon continuamente la boca, ni la tiraron al suelo», asegura González, que reconoce su propia «perturbación» ante las imágenes de los vídeos. «Tampoco percibo signo alguno de pudor en ella».

Prosigue el juez que los miembros de La Manada «charlaron con unas chicas», mientras la víctima se dirigió a un banco «sin tratar de pedir ayuda ni de alertar a nadie». Denota así con qué «normalidad» se comportan unos, frente a la actitud de la denunciante, a su juicio contraria a la de una víctima de agresión sexual.

Registra luego la tasa de alcohol en sangre de la joven, determinada en el reconocimiento médico posterior, pero no las lesiones. También acusa de «falta de imparcialidad» con afirmaciones «grotescas» y de «elucubraciones subjetivas» a los peritos y expertos que apoyaran la versión de la víctima.

La visión de la víctima

Con la sentencia por abuso sexual tampoco estuvieron de acuerdo las diferentes partes de la acusación. Mientras los otros dos magistrados (José Francisco Cobo y Raquel Fernandino) no apreciaron «violencia» ni «intimidación», por lo que el delito no podía tipificarse como «agresión», la víctima, junto a las acusaciones públicas, ha pedido una condena por violación y endurecer la del hurto del móvil. Exigen, reforzados por la presión social del caso, una interpretación más dura del delito.

En el primer punto de discrepancia, sobre si existió consentimiento, se determina que no, que la joven aceptó sólo que La Manada la acompañara a buscar el coche donde dormiría. Atienden que ella se sintiera «incómoda», que uno «tiró» de su mano y otro la cogía del brazo y que la apremiaron para entrar de modo «súbito y repentino».

Se considera que no hubo deseo o voluntariedad, al sentirse «impresionada» por la superioridad física, y cesar su capacidad de reacción. «Shock», fueron sus palabras, «que pasara todo rápido». «Agobio, desasosiego, estupor». Ella obedeció a lo que los condenados «le decían que hiciera». Ahora bien, qué dice su silencio y su pasividad. Desde la visión de la víctima, significa negación. Rechazan, como se entrevé en los recursos de la acusación, culpabilizarla o despreciarla, ni por sus comportamientos anterior y posterior. Es injustificable la agresión, fuera cual fuera su condición y actitud. Importa que deseara denunciar, apenas ocurrieron los hechos.

Más que eco hay estruendo por parte de quienes apoyan a la joven, frente a la resistencia de quienes dudan de ella y se apenan por ellos, un sector que no se ha cuantificado. ¿Es una minoría? En el bar, no lo parece. Tampoco que sean sólo hombres. El caso de La Manada solivianta a la sociedad y ya ha logrado una comisión constituida por más mujeres que hombres, para decidir sobre la posible reforma del Código Penal. Y ha hecho colisionar dos pensamientos que convivían en silencio sobre un tejido que favorece al hombre.

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