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J. ALBO
Domingo, 4 de febrero 2018, 12:24
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El Juzgado de lo Contencioso administrativo 2 de Logroño ha denegado la solicitud planteada por la CSIF (Central Sindical Independiente y de Funcionarios) para que se completara una sentencia del 4 de diciembre por la que se archivó el recurso que había interpuesto «contra la negativa del Ayuntamiento a convocar la mesa general de negociación», lo que en opinión del sindicato suponía una vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical.
Sin embargo, el Juzgado tuvo en cuenta que el 19 de septiembre el Ayuntamiento aportó el acta de elección de los delegados de personal y dos días antes dictó providencia por la que se iniciaba el proceso de creación de la mesa general de negociación, por lo que entendió satisfecha extraprocesalmente la pretensión de los recurrentes y ordenó el archivo.
La CSIF presentó un recurso de aclaración sobre la sentencia, al considerar que en ella no se pronunciaba sobre una de sus pretensiones, la de conocer si había existido vulneración del derecho fundamental a la negociación colectiva. La juez argumentó que tal solicitud excede el ámbito del complemento de sentencia y que debiera encauzarse, en su caso, a través de un recurso de apelación.
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