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El incendio tuvo lugar el el 15 de septiembre de 2010.
El dueño de Patatas Lahera no irá a prisión por la muerte de una trabajadora en el incendio de la empresa

El dueño de Patatas Lahera no irá a prisión por la muerte de una trabajadora en el incendio de la empresa

La justicia declara al empresario culpable de un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de homicidio por imprudencia grave, pero le aplica la atenuante de reparación del daño

luismi cámara

Martes, 30 de septiembre 2014, 13:46

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El propietario de Patatas Lahera no deberá entrar en prisión tras ser condenado a dos años de cárcel por el Juzgado de lo Penal 2 de Logroño como responsable de un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de homicidio por imprudencia grave, con la atenuante de reparación del daño, por el incendio en la nave de la empresa en Alesón el 15 de septiembre de 2010 y en el que falleció por asfixia la empleada Mercedes Orgaz López, de 25 años, tras quedar atrapada por las llamas en el baño. La joven trabajaba como peón con un contrato eventual en Patatas Lahera desde julio de 2010.

Según recoge la sentencia, la empresa de la que el condenado es el representante legal no contaba con un jefe de emergencias, ni con los equipos necesarios de primera intervención, evacuación y alarma. También refleja que no se había realizado nunca un simulacro de incendio y que los trabajadores de la empresa no habían recibido la formación adecuada ante un posible suceso de este tipo.

El texto explica que la falta de aislamiento eficaz en la chimenea que evacua los humos de la freiduría del obrador fue la causante del incendio ya que produjo una combustión que generó llamas y mucho humo rápidamente.

En el momento en el que se generó el incendio, Ordaz se encontraba en el baño, situado en el segundo piso del recinto, y no pudo salir junto al resto de sus compañeros. El siniestro se originó en la freidora de la nave de fabricación, en donde se encontraban almacenadas muchos kilos de patatas envueltas en plásticos, un material inflamable que multiplicó el impacto del fuego. Después se extendió a la nave de almacenamiento, hasta que ambas quedaron destruidas por el fuego.

Sin acuerdo

En su momento, el procesado reconoció los hechos que recogía el escrito del fiscal y no ponía inconvenientes en aceptar un acuerdo con la familia de la víctima acuerdo. A la indemnización inicial de 92.026,36 euros por la responsabilidad civil se añadió otros 20.000 euros a favor de los padres de la trabajadora, pero la madre solicitó que se celebrara el juicio, se negó a pactar una pena de dos años de cárcel y mantuvo una petición de siete por homicidio imprudente.

El abogado defensor, Miguel Ariznavarreta, explicó entonces que comprendía el "dolor" de la madre y respetaba su postura de desear que se celebrara el juicio pero explicó que su representado había intentado "resarcir el daño causado".

El pasado abril, antes del comienzo del juicio, Ana López reconocía como único objetivo que se hiciera justicia tras la muerte de su hija. "No vamos a llegar a ningún acuerdo. Pidan lo que pidan y hagan lo que hagan. Yo quiero sentar a ese señor en el banquillo de los acusados, si tiene lo que tiene que tener, que me mire a los ojos y que se haga justicia", adelantaba entonces la madre de la fallecida.

La sentencia del Juzgado de lo Penal 2 de Logroño, que se ha conocido hoy y que explica que el acusado ha indemnizado a los perjudicados, puede ser ahora recurrida ante la Audiencia Provincial de La Rioja.

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