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El Comité de Empresa de Palacios Alimentación gana en el TS el conflicto sobre la clausula de extinción, según USO

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El Comité de Empresa de Palacios Alimentación gana en el TS el conflicto sobre la clausula de extinción, según USO

12.03.10 - 17:17 -
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USO de La Rioja informó hoy de que el Comité de Empresa de Palacios Alimentación S.A. ha ganado en el Tribunal Supremo el conflicto colectivo sobre la cláusula de extinción, que había introducido a los más de 150 trabajadores contratados para marcas blancas.
El sindicato recordó que se presentó demanda de conflicto colectivo que firmaron los miembros del Comité de Empresa, donde es mayoritario la USO, y las secciones sindicales, en el que se pedía que se declarara nula la cláusula que la empresa había introducido en más de 150 contratos de trabajo indefinidos, en virtud de la cual la pérdida de la producción del producto (rosca, pizza, etc.), significaba la extinción del contrato laboral.
A cada trabajador se le adjudicaba en su contrato de trabajo un producto determinado, ligado a una gran cadena de distribución comercial, por ejemplo: rosca Eroski. Cuando ésta reducía o rescindía el pedido, Palacios Alimentación S.A., extinguía el contrato de trabajo con su personal, reconociendo a éste únicamente una indemnización de nueve días por año trabajado, con un mínimo de trescientos euros.
La sentencia del Tribunal Supremo de 3 de febrero de 2010, viene a ratificar a la que dictó la Sala de lo Social del T.S.J. de la Rioja, de fecha 2 de abril de 2009, que declaraba: "La nulidad del contenido íntegro de la cláusula extintiva pactada en los contratos de trabajo indefinidos, y que vinculaba los contratos a la duración de la elaboración de cada producto encargado por las empresas clientes".
Según USO La Rioja es una sentencia "determinante", que "unifica doctrina, y que impide a la empresa abaratar el despido de los trabajadores, de forma que si se rompía el contrato que ella tenía con el contratista" (eroski, etc...), "para fabricar las roscas, pizzas, etc... , bajo ese nombre comercial, podía despedir a trabajadores con 9 días por año, eludiendo así lo previsto en el artículo 51, 52 y 54 del e.t. (45 días por año)".
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Empresa Palacios, en Albelda. /L.R.
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