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RSS | ed. impresa | Regístrate | Jueves, 24 mayo 2012

Región

LA SENTENCIA DE LUXEMBURGO QUE ZANJÓ EL CASO

10.05.09 -

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Fue una sentencia definitiva que puso un epílogo feliz a la polémica sobre las ayudas fiscales forales a Ramondín. El 11 de noviembre del 2004, el Tribunal de Luxemburgo confirmaba la decisión de la Comisión Europea de declarar nulo el crédito fiscal del 45% del coste de la inversión y las llamadas 'minivacaciones fiscales' o deducciones del Impuesto de Sociedades del 99%, 75%, 50% y 25% durante los cuatro primeros años de actividad.
Así, la Corte europea obligaba a Ramondín a proceder a devolver las ayudas (10,4 millones de euros) y ordenaba a la propia empresa y a las instituciones vascas a correr con las costas del juicio.
El Gobierno regional evaluó los gastos generados por su intervención en el proceso en 32.553,12 euros, de los que 30.050,6 euros correspondían a honorarios y gastos de abogado.
En septiembre del 2006, el Tribunal europeo cuantificó los costes judiciales totales en 21.000 euros y resolvió que Ramondín le pagase a La Rioja 4.723,44 euros, dado que los 16.276,56 euros restantes ya los había abonado la Diputación de Álava.
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