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18.01.09 -

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Con el borrador del decreto por el que se regula la convivencia en los centros docentes y se establecen los derechos y deberes de sus miembros -ese es su nombre completo- encima de la mesa desde el mes de noviembre del año 2007, su tortuoso devenir ha requerido de casi quince meses para ver la luz.
En su tramitación el decreto se ha encontrado con más de una piedra en el camino. La principal fue la recomendación del Consejo Consultivo de La Rioja que advirtió a sus redactores que la tipificación de sanciones en un decreto podría encontrar problemas a la hora de su aplicación.
Así las cosas, el devenir del texto invirtió su evolución natural. El dictamen del Consejo Consultivo aconsejó que las sanciones se recogieran en una norma con rango de ley.
Así, pese a que el articulado del decreto continúa en los cajones de la Consejería de Educación - el director general de Ordenación e Innovación Educativa, Rafael Federío, confía en que se publique este mes en el Boletín Oficial de La Rioja- el pasado 29 de diciembre e insertado en la ley 5/2008, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas para el año 2009, vieron la luz tres artículos que, relacionados con ese decreto, fijaban infracciones y sanciones en materia educativa.
Esa publicación, aunque desubicada de su contexto natural (el resto del articulado hace referencia a medidas de carácter fiscal) ha servido según los responsables del sindicato ANPE y del propio director general de Ordenación e Innovación Educativa para no dilatar la entrada en vigor de un decreto que, una vez que quede reflejado en el BOR, tendrá que ser desarrollado por los diferentes centros educativos en sus respectivos reglamentos de régimen interno.
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