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RSS | ed. impresa | Regístrate | 5 julio 2008

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SEGURIDAD VIAL
Condenado a prisión por provocar un accidente en el que murió un motorista
La juez no considera relevante que la víctima del suceso circulaba con una tasa de alcohol superior a la permitida El fiscal solicitó una pena mayor que la acusación particular

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Un joven de 29 años de edad ha sido condenado a un año de cárcel, otro de retirada del permiso de conducir y a pagar una indemnización de más de 124.000 euros como autor de un delito de homicio por imprudencia grave. El acusado colisionó con su coche contra un motorista, que resultó muerto, en un cruce de la N-232. A pesar de que la sentencia reconoce que el acusado paró el vehículo en el 'stop' que regula el cruce y que la víctima circulaba con una tasa de alcohol superior a la permitida, la juez considera al conductor del turismo como el causante del siniestro.

El suceso ocurrió sobre las seis de la tarde del 9 de junio del 2006, cuando la víctima conducía una moto -que había comprado tan sólo 16 días antes- por la carretera LR-209, cerca de la localidad de Tirgo. Al llegar a la intersección con un ramal de enlace a la N-232 colisionó con un Citroën Xasa conducido por A.A.G. El motorista, de 50 años, perdió la vida a consecuencia del impacto.

La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño reconoce como hecho probado que el acusado, al llegar a la intersección, se detuvo ante la señal de 'stop'. «A su derecha -dice el fallo judicial- tenía una visibilidad de más de un kilómetro, mientras que a la izquierda, colocando el vehículo con la parte delantera donde marca la línea transversal de detención, la visibilidad estaba limitada a 90-100 metros como consecuencia de la existencia de una bionda de seguridad».

De modo que A.A.G., tras detener su vehículo ante la señal de 'stop', mirar a ambos lados y no ver acercarse a ningún vehículo inició la marcha, momento en el que la motocicleta impactó contra el turismo, pese a que el motorista intentó realizar una maniobra evasiva accionando los frenos.

La juez argumenta que si el conductor del coche hubiera sobrepasado en unos centímetros la línea transversal que fijaba la señal de 'stop' «la visibilidad hubiera aumentado medio kilómetro a su izquierda».

La defensa del acusado acreditó en el juicio que el motorista presentaba una tasa de alcoholemia de 0,34, pero la juez, en su sentencia, expone que «dicho resultado no puede estimarse que constituya una prueba de circulación incorrecta». De hecho, insiste la juez, el motorista «fue el único interviniente en el siniestro que protagonizó alguna maniobra para evitar la colisión».

La acusación particular solicitaba al inicio del juicio una pena de prisión de 17 meses, mientras que la petición de condena de la Fiscalía era aún mayor (18 meses). Los 124.000 euros de indemnización irán a parar a la esposa, la hija y la madre del fallecido.
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