En junio del 2007, un juzgado de Manresa dictó una sentencia pionera en Cataluña que no sólo concedía la custodia al padre, sino que además suspendía cualquier contacto de la niña con su madre y con su familia materna durante seis meses, hasta que la menor superase el «síndrome de alienación parental», supuestamente inculcado por la madre. Ahora la Audiencia ha decidido que la niña también vea a su madre periódicamente con el fin de que se empiecen a «normalizar las relaciones de la niña con sus progenitores». Asimismo, ha establecido el seguimiento de una terapia psicológica para la hija, impartida por un equipo multidisciplinar del hospital de Sant Joan de Déu de Barcelona.





