Los responsables de la Consejería de Educación. /ENRIQUE DEL RÍO
La Consejería de Educación ha trasladado al Consejo Escolar de Maristas la responsabilidad de decidir sobre la repetición de las votaciones para la implantación de la jornada continua. Según ha declarado el director general de Ordenación e Innovación, Rafael Federío, éste es el órgano competente para juzgar presuntas irregularidades sucedidas durante el proceso.
De cualquier manera, la Inspección de Educación ha investigado el caso y concluye que no existen motivos para declarar la nulidad del conjunto del proceso, aunque sí ha existido un fallo al no contabilizar los votos por correo recibidos el 19 de febrero. Maristas sólo escrutó los que llegaron a partir del 20 porque alegó que sólo tenían que contarse aquellos recibidos en el plazo de cinco días antes de las votaciones. Pero según ha recordado Federío, entre esos días había uno inhábil, un domingo, por lo que debe ampliarse el recuento a los que llegaron el 19.
En su informe, la Consejería rechaza los argumentos de las denuncias de los padres. Educación cree que no hay defecto en la consulta, que no se omitió información en el voto por correo, que el horario de la consulta (de 12 a 18 horas) no fue impuesto por el director sino por el Consejo Escolar y que durante las votaciones no hubo coacciones por parte del director. La denuncia del primer padre llegó a la Consejería el 27 de febrero. Después, Educación ha recibido hasta 70.
Así, el director general de Ordenación e Innovación Educativa, Rafael Federío, ha asegurado hoy que el informe de Inspección de la Consejería dictamina que no hay motivo alguno para declarar la nulidad del proceso desarrollado en el Colegio San José de Logroño, para modificar la jornada escolar. Federío ha anunciado hoy, en conferencia de prensa, el informe de la Inspección de la Consejería, tras la denuncia presentada por una serie de padres del colegio que pedían que se declarara la nulidad de este proceso, cuyas votaciones para implantar la jornada continua se desarrollaron el pasado 25 de febrero.
No obstante, ha explicado que, aunque en el informe se apunta que no hubo irregularidades, sí se precisa que hubo un fallo en tanto en cuanto que no se abrieron los 9 votos por correo recibidos con anterioridad al 20 de febrero, siempre y cuando hubieran sido emitidos con una antelación de cinco días al día de las votaciones -el 19 como muy pronto.
Aun así, estos nueve votos no son los suficientes para los diez que harían falta para que hubiera lugar a repetirse la votación, ha precisado Federío, quien también ha puntualizado que es el Consejo Escolar del centro, como órgano competente, al que corresponde pronunciarse sobre la revocación o no del proceso.
El director ha recordado que el proceso no es susceptible de recurso ante la Administración regional porque se trata de un centro privado y "sólo el Consejo Escolar del centro" -ha apostillado- es el competente para decidir sobre las presuntas irregularidades que denuncian los padres. Por ello, los escritos debieran haberse enviado al Consejo Escolar, ha precisado.
Sin embargo, también ha dicho que la Consejería, por sus funciones de supervisión del sistema educativo que tiene encomendadas, consideró los escritos como denuncia, y fue la Inspección la que investigó el proceso y ha emitido el informe que hoy ha dado a conocer.
La Consejería comunicará a los titulares de los escritos que es el Consejo Escolar del centro el competente para pronunciarse al respecto. También enviará un escrito al Consejo Escolar para que arbitre las medidas necesarias para computar los votos por correo que entraron el día 19 de febrero, que, en principio no se declaró hábil y sí lo era.