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RSS | ed. impresa | Regístrate | 12 octubre 2008

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La Justicia vasca deniega a La Rioja la suspensión cautelar del decreto sobre 'vacaciones fiscales'
14.03.08 -

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJPV) ha negado la medida cautelar de suspensión contra el Decreto foral Norma 2007 del Impuesto de Sociedades presentada por la Comunidad Autónoma de La Rioja , según señaló ayer la Diputación foral de Guipúzcoa en un comunicado. La institución foral explicó que la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV ha acordado «no dar lugar a adoptar la medida cautelar» instada por la representación de La Rioja en relación con el tipo general de gravamen del 28%, establecido en el artículo 29.1 de la Norma foral 7/1996, en la redacción dada por el artículo 7.1 del Decreto foral Norma 3/2007, referente al Impuesto de Sociedades.

El fallo, emitido el pasado día 6, señala en sus razonamientos jurídicos que las medidas cautelares se plantean «en términos similares a las solicitadas» en otra pieza anterior, por lo que «se procede a mantener el criterio allí expuesto», según el cual, «dado el planteamiento de las medidas cautelares y la reciente sentencia del Tribunal Supremo, del 12 de julio del pasado año, recurso número 854/06 procede resolver conforme a está última».

Por otro lado, la Diputación afirmó que el tribunal, citando a la Sala del Supremo considera que «previa valoración circunstanciada de todos los intereses en conflicto», la medida cautelar «podrá acordarse únicamente cuando la ejecución del acto o la aplicación de la disposición pudieran hacer perder su finalidad legítima al recurso».

Según señaló, a ello se agrega que la medida cautelar «pueda denegarse cuando de ésta pueda seguirse perturbación grave de los intereses generales o de tercero que el Juez o Tribunal ponderará en forma circunstanciada».
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