Incitación a la violencia
El escrito de alegaciones de los servicios jurídicos también rechaza los argumentos esgrimidos por Batasuna contra su marginación legal, dictada por el Tribunal Supremo el 17 de marzo del 2003, porque la libertad de expresión, vulnerada en su caso, según los abogados de la formación 'abertzale', «no ampara las incitaciones a la violencia o el respaldo de la misma». Por tanto, agrega que «resulta imposible compartir que las demandas pretendan explicar el proceso de ilegalización de Batasuna como un intento de cercenar la libertad de expresión del independentismo vasco».
Dice que en España «existen no pocos partidos independentistas que desenvuelven su actividad sin obstáculo alguno», al extremo de que «participan en las instituciones». Concluye que la actuación del Estado español «no ha comportado violación alguna de los artículos 10 y 11 del Convenio de Derechos Humanos, relativos a la libertad de expresión y al de reunión y asociación.






