Saltar Menú de navegación
Hemeroteca |
RSS | ed. impresa | Regístrate | 5 diciembre 2008

Región

Estás en: larioja.com > La Rioja > Región
I ECONOMÍA I LABORAL
El TSJR respalda que USO reciba fondos regionales para formación a desempleados
La Sala, que ya le había reconocido el derecho en relación con la formación continua, anula la convocatoria del Plan FIP 2007
14.02.08 -

Cerrar Envía la noticia

Rellena los siguientes campos para enviar esta información a otras personas.

Nombre Email remitente
Para Email destinatario
Borrar    Enviar

Cerrar Rectificar la noticia

Rellene todos los campos con sus datos.

Nombre* Email*
* campo obligatorioBorrar    Enviar
El TSJR respalda que USO reciba fondos regionales para formación a desempleados
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha reconocido el derecho del sindicato USO-Rioja a contratar programas de formación para trabajadores desempleados y, en consecuencia, a recibir fondos del Gobierno regional para poder desarrollar acciones del Plan de Formación e Inserción Profesional (FIP), cofinanciado por la UE.

Este nuevo respaldo de la Justicia al sindicato riojano se plasma en dos sentencias hechas públicas el pasado 25 de enero en las que se admiten sendos recursos de USO-Rioja y se anulan las dos resoluciones del Servicio Riojano de Empleo (la que estableció las bases reguladores de la concesión de las subvenciones y la que aprobó la convocatoria 2007) para los fondos del Plan FIP que se ejecutaron el año pasado.

Estas sentencias se suman a las otras cuatro anteriores (recurridas por el Ejecutivo autonómico) dictadas por la misma sala desde el 2005 y en las que se reconoce el mismo derecho a USO a participar en la formación continua para trabajadores en activo. Tanto en unos casos como en otros, el Tribunal rechaza el criterio de representatividad sindical (10% en el ámbito nacional) establecido por la Administración regional para acceder a los programas por considerar que «se vulneran derechos fundamentales».

La argumentación en los dos últimos fallos es idéntica. Por un lado, el TSJR recuerda que ya ha dictado con anterioridad sobre las cuestiones planteadas, razón por la que, además, condena en costas a la Administración regional. Y, por otra parte, tiene en cuenta la jurisprudencia existente emanada del Constitucional y del Supremo, que en casos similares han concluido que el criterio de representatividad «conculca la libertad sindical» y que las subvenciones «no son donaciones, sino fondos para fomentar una actividad de interés social».
Opina

* campos obligatorios
Listado de comentarios

Encuesta

¿Piensa reducir sus gastos en las próximas Navidades?

Vocento
SarenetRSS