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RSS | ed. impresa | Regístrate | 5 diciembre 2008

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El Consorcio de Compensación cubre los daños impagados
La entidad acude en ayuda de las víctimas en siniestros con vehículos sin asegurar
10.02.08 -

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Si usted se ve envuelto en un accidente y la parte contraria carece de seguro puede que el hecho le suponga un engorro, pero los daños causados no quedarán sin ser abonados gracias a la existencia del llamado Consorcio de Compensación.



¿Qué pasa si choco con un coche que no está asegurado? No tiene por qué preocuparse. El Consorcio de Compensación de Seguros se encarga de sufragar los daños en los supuestos en los que el vehículo causante de un accidente esté sin asegurar o sea robado.

¿Qué es el Consorcio de Compensación? Es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda. Se encarga, entre otras cosas, de cubrir riesgos que las aseguradoras no incluyen (como los siniestros producidos por desastres naturales o actos de terrorismo), asegurar a conductores rechazados por las compañías de seguros o sufragar daños a terceros producidos por un vehículo sin póliza hasta el límite del seguro obligatorio de automóviles. El Consorcio cuenta con una estructura descentralizada que se concreta en 18 delegaciones regionales y en una red de profesionales independientes designados para peritar los siniestros.

¿De dónde sale el dinero que emplea el Consorcio? Aunque quizá usted no lo sepa, parte de la prima del seguro de su automóvil o del importe de la póliza multirriesgo de su hogar no va a parar a las arcas de la entidad que usted ha elegido. La cantidad que abona cada automovilista al Consorcio supone un 3% de la prima del seguro obligatorio.

¿Qué es lo que cubre en casos de accidente? El Consorcio cubre los daños a personas y en bienes cuando el vehículo causante de un siniestro con daños y víctimas estuviera sin asegurar, pero quedan excluidos de la indemnización los daños a las personas y en los bienes sufridos por los ocupantes voluntarios del vehículo causante del siniestro y que conocían que no estaba asegurado, siempre que el Consorcio lo pudiera probar.

¿Qué tiene que hacer la víctima? La víctima sólo debe demostrar lo ocurrido mediante un atestado policial, un informe del taller y un parte médico (si hay daños físicos).

¿Dónde y cómo tramitar la indemnización? Hay que presentar una reclamación en la delegación regional del Consorcio de la provincia donde se haya producido el accidente o en la compañía de seguros en la que haya contratado la póliza.

¿Qué documentos son necesarios? Hoja de comunicación del accidente, fotocopia del DNI, fotocopia de la póliza de su seguro, fotocopia del recibo de pago de la prima del seguro actualizada y los veinte dígitos bancarios donde el interesado desee que le ingresen la indemnización correspondiente. Si se han producido daños a las personas, es necesario un documento acreditativo.

¿Qué le pasa al conductor sin seguro? Después de abonar los gastos de los accidentes, la entidad actúa contra sus causantes. Es decir, el Consorcio puede llegar a pagar 300.000 euros a una víctima que ha sido atropellada por un conductor sin seguro, pero a continuación persigue a éste implacablemente. Primero se intenta el recobro extrajudicial, pero si el implicado no paga se acude a los tribunales.
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