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La familia de Enaitz Iriondo. / G.S.
Un conductor exige a los padres de un menor muerto en atropello que le paguen los daños de su coche
TRIBUNALES

Un conductor exige a los padres de un menor muerto en atropello que le paguen los daños de su coche

El hombre presenta una denuncia contra la familia del fallecido y le reclama 20.000 euros después del accidente de tráfico que costó la vida al joven Enaitz Iriondo frente al camping de Castañares

J.A.G.

Viernes, 25 de enero 2008, 20:27

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El Juzgado número 1 de Haro celebrará el próximo miércoles la vista oral de un caso que tiene como acusados a los padres de un joven de 17 años que perdió la vida en un accidente de tráfico ocurrido el verano del 2004 en Castañares. El menor, que iba en bicicleta, fue arrollado por el conductor de un Audi A-8 que ahora exige a la familia de la víctima el pago de cerca de 20.000 euros por los desperfectos que el impacto causó en su vehículo.

El trágico accidente que ha dado origen a esta situación ocurrió frente al camping de Castañares la noche del 26 de agosto del 2004. Enaitz Iriondo, vecino de Durango, volvía en bicicleta al camping, donde se encontraba de vacaciones junto a sus padres, después de haber pasado la tarde con la pandilla de amigos que se había hecho en la localidad riojana. El joven - «por precaución», explica su madre- cubría el trayecto entre el pueblo y el camping circulando por un camino de tierra que discurre en paralelo a la LR-111. Al final de este camino rural, no obstante, Enaitz tenía que respetar un stop antes de acceder a la vía principal y atravesarla en dirección al camping. Según el informe técnico de la Guardia Civil, el joven ciclista no respetó ese stop y fue arrollado por un coche de alta gama que circulaba a 113 kilómetros por hora por una carretera donde el límite de velocidad estaba fijado en 90. El vehículo llevaba desactivado el sistema de frenada ABS, y el conductor presentaba una tasa de 0,15 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

Los padres de Enaitz cuentan que escucharon el golpe desde el interior del camping. Cuando fueron al lugar del accidente para ver qué había pasado encontraron el cuerpo de su hijo en un lamentable estado y ya sin vida.

El caso pasó a manos del Juzgado de Haro, que apenas un mes después emitió un auto en el que se decretaba el sobreseimiento del mismo después de que «las actuaciones practicadas acreditaran que el hecho denunciado no reviste caracteres de infracción criminal».

Cada una de las partes asumió su culpa y las respectivas compañías de seguros llegaron a un acuerdo por la vía administrativa, según indica la familia.

La repentina muerte de Enaitz fue un mazazo que dejó a sus padres «completamente hundidos». Año y medio después del suceso, cuando la vida de la familia Iriondo comenzaba a recomponerse, llegó a su domicilio una cédula de emplazamiento proveniente del Juzgado de Haro.

En él se les notificaba a los padres del joven fallecido su obligación de comparecer como demandados en un juicio. El denunciante era el conductor del Audi, Tomás Delgado, un vecino de Santo Domingo de la Calzada, de 43 años de edad, que les reclamaba 19.952,28 euros por los daños ocasionados en su vehículo. En concreto, lo que el hombre exige son 10.053,01 euros por los materiales y piezas empleados en la reparación del Audi; 797,48 euros por la pintura; 1.177,34 por la mano de obra; 1.924,45 en concepto de IVA; y otros 6.000 euros más por los gastos de sustitución del coche accidentado por otro durante el tiempo que el primero estuvo en el taller.

A través del escrito de demanda redactado por un abogado de Zaragoza, el conductor solicita a la juez que «se declare al menor Enaitz Iriondo como causante de los daños» y a sus padres «responsables y por lo tanto obligados al abono del importe de la reparación». Se solicita además que la familia del joven corra íntegramente con los gastos derivados del proceso judicial, incluidos los honorarios del letrado acusador.

Los padres de Enaitz aseguran que no se explican «cómo alguien puede ser tan sinvergüenza» como para hacer algo así. En cualquier caso, están dispuestos a defenderse en los Juzgados y aseguran haber recopilado durante los últimos meses pruebas suficientes para demostrar que el accidente no fue culpa exclusiva del joven ciclista.

Un equipo de peritos contratado por la familia ha elaborado un informe en el que se asegura -teniendo en cuenta factores como las huellas de frenada, el estado de los neumáticos y las deformaciones causadas en el vehículo- que el conductor circulaba a una velocidad superior a los 160 km/h. Además, los denunciados argumentan que la prueba de alcoholemia que dio un resultado de 0,15 se realizó hora y media después del accidente y, según el 'coeficiente de etiloxidación de Widmark', si al sujeto se le hubiera realizado el test en el momento inmediatamente posterior al sinistro la tasa hubiera dado por encima del 0,25 permitido legalmente.

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