LA LEY DICE
La historia arranca un día de octubre del año 2005. El padre llegó al domicilio familiar y se encontró a su hija, entonces de 12 años, con un joven mayor de edad en su habitación; éste se hallaba desnudo y oculto bajo la cama. La menor, metida dentro del lecho, apareció sin ropa de cintura para abajo.
La situación, según se expone en la sentencia, dio lugar a una denuncia de los padres contra el hombre, que conllevó una orden judicial de alejamiento respecto a la menor. Durante las fechas siguientes, la medida fue incumplida en numerosas ocasiones, lo que generó otras tantas denuncias por parte de los progenitores, que incluso se personaron ante los agentes de la Policía Local para explicarles la situación por la que estaban pasando.
Sin embargo, su hija no les apoyó en su cruzada. Al contrario, la chica dejó bien claro que su intención era seguir manteniendo una relación con el denunciado y hacía todo lo posible por estar con él. Faltaba a sus clases con frecuencia, mentía a los profesores sobre los motivos de sus ausencias y, como no podía ser de otro modo, comenzó a cosechar pésimos resultados académicos. En una ocasión, la menor incluso puso una denuncia falsa contra su padre con la intención de conseguir salir de casa y mantener su relación si era ingresada en un centro asistencial.
Pero los meses pasaban y la situación de enfrentamiento de la chica con sus progenitores era creciente. Finalmente, en un intento desesperado por encontrar soluciones, los padres buscaron asesoramiento en la Oficina de Atención a la Víctima e incluso concretaron cita con un psicólogo.
En este clima de drama doméstico, el padre volvió un día a casa muy nervioso porque había estado a punto de tener un accidente de tráfico, y comenzó una discusión con su hija, que entonces ya había cumplido 14 años. La menor se enfrentó al padre con insultos, desafíos y gestos despectivos -según la sentencia-, hasta que «el padre explotó» y le propinó a su hija «dos correazos con el cinturón». Fue atendida en un centro médico de esquimosis y eritemas en diversas partes de su cuerpo.
En el juicio, el padre reconoció la agresión y la Fiscalía solicitó para él 4 meses de cárcel como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar. Sin embargo, el juez opta por absolver al acusado recurriendo a la circunstancia eximente de enajenación mental transitoria. En su sentencia, advierte de que ha de tenerse en cuenta «el marco en el que se estaban desenvolviendo las relaciones» entre hija y padre, un padre -concluye- «preocupado por su hija» y «completamente desbordado».












