Los hechos se remontan a enero del 2003, cuando A.G.G. firmó un contrato de alquiler con una familia inmigrante mediante el cual le cedían una vivienda por una renta mensual de 360 euros.
Según se explica en la sentencia, el 22 de abril del 2004, sobre las nueve de la mañana, A.G.G. y su esposa M.M.J. decidieron entrar en la vivienda alquilada para desalojar a la familia, que se estaba retrasando en el pago de la renta de ese mes. Para ello hicieron uso de un juego de llaves de la casa que conservaban. Mientras, otro familiar del matrimonio, E.J.P., esperaba en el portal «por si pasaba algo».
Una vez dentro del piso, el matrimonio se dirigió a la habitación donde dormía el padre de familia, a quien, con grandes gritos, le ordenaron que cogiera sus cosas y se marchara. Cuando el hombre salía del piso con la maleta llegó su esposa, que venía de dejar al hijo en la guardería. E.J.P. comenzó a tirarle del pelo y, entre los tres acusados, le arrastraron hasta el portal. La mujer fue atendida por contusiones.












