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RSS | ed. impresa | Regístrate | 8 septiembre 2008

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Según renta y patrimonio
07.11.07 -

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Servicios Sociales también aclaró diversos puntos de las ayudas. Éstas surtirán efecto a partir del día primero del mes siguiente a la fecha en que se presentó la solicitud de la valoración, siempre que los interesados cumplan con las condiciones establecidas para cada una de las prestaciones y acrediten que han empezado a recibir los servicios o cuidados.

El pago de la prestación se efectuará a mes vencido a partir de la fecha de devengo de la misma, mediante transferencia bancaria. La cuantía de las ayudas se determinará teniendo en cuenta la capacidad económica personal de los beneficiarios. La capacidad económica se decidirá en atención a la renta y al patrimonio. En la consideración de patrimonio, se tendrá en cuenta la edad del beneficiario.
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