Jueves, 5 de julio de 2007
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Publicado: 16:33

la rioja
El Consejo Regulador cree que la sentencia sobre el fraude del vino demuestra eficacia y control
La Audiencia Provincial de Ciudad Real condenó a cuatro años y medio de cárcel a Pablo Hellín y a cuatro años de prisión a Kelvin James Moore, los principales acusados de integrar una red dedicada a comercializar vino manchego con falsas etiquetas de la DOC Rioja.
El secretario del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada (DOC) "Rioja", José Luis Lapuente, dijo hoy que la sentencia que condena a dos personas por fraude de vino de Rioja demuestra "la eficacia y vigilancia del Consejo ante cualquier uso irregular de esta Denominación".
El secretario del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada (DOC) "Rioja", José Luis Lapuente, dijo hoy a EFE que la sentencia que condena a dos personas por fraude de vino de Rioja demuestra "la eficacia y vigilancia del Consejo ante cualquier uso irregular de esta Denominación".
La Audiencia Provincial de Ciudad Real condenó a cuatro años y medio de cárcel a Pablo Hellín y a cuatro años de prisión a Kelvin James Moore, los principales acusados de integrar una red dedicada a comercializar vino manchego con falsas etiquetas de la DOC Rioja.
Según la sentencia, la venta fraudulenta de vino manchego de poca calidad con la etiqueta de la DOC Rioja en el Reino Unido se produjo a lo largo de los años 1998 y 1999, durante los que se comercializaron más de un millón de botellas en dicho país.
El Consejo Regulador de "Rioja", que denunció los hechos, agregó Lapuente, cree que la sentencia "beneficia a cualquier denominación de origen y sienta unas bases para el uso ilícito en cualquiera de los ámbitos, en los que Rioja ha tenido que ser punta de lanza".
Explicó que, "por desgracia, hubo casos en 1998 y 1999 que, por el diferencial de precios en el mercado, hubo que atajar y demostrar que son prácticas que revisten una gravedad penal".
En este caso, los hechos supusieron "el uso ilícito de una denominación de origen, que está tipificado en el Código Penal; una falsificación de un documento de garantía y una estafa al consumidor", recalcó Lapuente, quien añadió que "la sentencia y la seriedad de las penas hace ver que es un asunto trascendente".
El Consejo Regulador del Rioja también considera que la sentencia demuestra "la eficacia" de este organismo en la persecución de irregularidades; además de que esta línea jurisprudencial indica que "estas infracciones tienen una gravedad grande".
Lapuente informó de que, "gracias a la implantación por parte del Consejo Regulador de la estampación holográfica para las contraetiquestas, se ha conseguido evitar que estas incidencias se reproduzcan", aunque "allí donde han ocurrido, el Consejo no les ha perdido la cara y ha buscado que se depuren responsabilidades".
Subrayó que en estos casos "no hay vencedores ni vencidos, sino comportamientos que se corrigen" y recalcó que "sería una pena que el Consejo Regulador hiciera dejación o que se concluyese que da igual falsificar contratiquetas que no hacerlo, por lo que esperamos que sea un aviso para que no haya más problemas en el futuro".

 
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