El portavoz del Consejo de Gobierno riojano, Emilio del Río, en una rueda informativa, se refirió a este nuevo decreto para regular la elección de centro educativo no universitario sostenido con fondos públicos, los criterios de admisión y el acceso a las enseñanzas de régimen general.
Precisó que esos criterios de admisión aluden a hermanos matriculados en el centro o padres que trabajen en él, rentas anuales y concurrencia de discapacidad en el alumno, padres o hermanos; mientras que en el caso de los alumnos de Formación Profesional sólo se tendrá en cuenta el expediente académico.
El texto indica que, en el caso de empate, una vez aplicado el baremo, se eliminará el sorteo y se dilucidará con la selección de los alumnos que obtengan mayor puntuación de acuerdo a varios criterios, como hermanos matriculados en el centro.
También figuran entre esos criterios los de padres o tutores que trabajen en el centro; proximidad del domicilio; existencia de discapacidad en el alumno, en los padres y en algún hermano; renta anual de la unidad familiar y, en el caso de Bachillerato, la nota media del expediente académico del alumno.
Esta norma actualiza el anterior decreto autonómico de 2004, de acuerdo con la LOE, que establece que los procedimientos de admisión se adapten a lo previsto en ella a partir del curso 2007-2008.
Del Río afirmó que el nuevo texto, al igual que el anterior, se articula en torno a la libertad de elección de centro por los padres y la escolarización inmediata cuando hay plazas suficientes; además de que se garantiza la gratuidad y la existencia de plazas en el segundo ciclo de la Educación Infantil (de tres a seis años), que no es obligatorio.
Se excluyen los criterios de discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal y social.
El nuevo decreto, con el fin de garantizar la calidad educativa, la cohesión social y la igualdad de oportunidades, se posibilita la reserva de hasta un máximo de tres plazas por unidad escolar, de la oferta de vacantes, en el primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil y, para los otros niveles, la reserva será de hasta dos plazas.
Se establece la adscripción de todos los centros de Infantil y Primaria, al menos, a uno de Secundaria, aunque se respetará la decisión de los centros concertados de no ser adscritos si así lo manifiestan.
El decreto regula la constitución de Comisiones de Escolarización, que garantizarán el cumplimiento de las normas sobre admisión de alumnos y el ejercicio de los derechos reconocidos en esta norma.
En estas Comisiones se incluirán dos representantes de las organizaciones sindicales y uno de la enseñanza pública y otro de la concertada, además de los miembros ya previstos antes, como un inspector de educación, un director de centro público, un titular de centros concertados, un representante del Ayuntamiento, dos de los padres de alumnos miembros de los Consejos Escolares y un funcionario de la Consejería de Educación.
Se determina que el Consejo Escolar será el órgano que decidirá sobre la admisión del alumnado, de acuerdo a la normativa vigente, añadió Del Río. EFE.
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