Miércoles, 14 de febrero de 2007
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Publicado: 18:14

LA RIOJA
El Ayuntamiento de Casalarreina y una empresa de pirotecnia indemnizarán con 116.708 € a un joven por heridas en el ojo
El artefacto no explotó durante el espectáculo y después no fue retirado
El Ayuntamiento de Casalarreina (La Rioja) y la empresa pirotécnica "Fuegos Artificiales A. Caballer" tendrán que indemnizar con 116.708 euros a un joven por las heridas que le causó en su mano y en un ojo un artefacto pirotécnico que no explotó durante el espectáculo y que después no fue retirado
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La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Logroño estima un recurso que la familia de este menor interpuso contra una resolución del Pleno del Ayuntamiento de Casalarreina, que en enero de 2006 rechazó la reclamación por las "graves lesiones" que sufrió el joven tras la explosión del artefacto.
Los hechos ocurrieron el 29 de septiembre de 2002, durante las fiestas patronales de esta localidad riojana, cuando tres menores encontraron restos del espectáculo pirotécnico de la noche anterior en un paraje denominado "Fuentepobes".
Los menores relataron que cogieron estos restos y los trasladaron unos 500 metros, hasta la casa del joven herido, donde echaron pólvora al suelo e intentaron prenderle fuego con un papel que encendieron con un mechero.
Como no ardía, el menor echó un poco más de pólvora, que entonces prendió y la llama llegó hasta el bote que tenía en la mano, que explotó en su mano.
La Guardia Civil encontró en el lugar restos de plástico o baquelita procedentes de este artefacto pirotécnico, iguales a los hallados en el lugar en el que se desarrollaron los fuegos artificiales la noche anterior.
El servicio de Criminalística de la Dirección General de la Guardia Civil analizó estos restos y comprobó que corresponden a los que emplea la empresa de Antonio Caballer.
En el contrato firmado entre el Ayuntamiento y la pirotécnica se estableció que, una vez finalizado el espectáculo, la empresa tenía que asegurarse de que no había quedado ningún artificio sin disparar.
Sin embargo, la Guardia Civil constató que había en el lugar "miles de trozos de plástico", por lo que la sentencia condena al Consistorio y a la empresa a abonar al 50 por ciento la indemnización.
El fallo judicial reconoce que existió una manipulación del artefacto por parte del menor, pero es más importante "la omisión de las obligaciones de comprobar si quedaban restos".
Los demandantes solicitaron en su recurso una reclamación de 128.147 euros, 12.561 más que en la reclamación administrativa, pero el Tribunal consideró que la indemnización debía de ser la primera cantidad reclamada (116.708), ya que no habían cambiado las lesiones o las secuelas que le dejaron al menor. EFE
rpi/jb

 
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